D'ABERNON E YRIGOYEN.
UN PROLOGO AL BILATERALISMO ANGLO-ARGENTINO

Por Arturo O'Connell (Investigador Instituto del Servicio Exterior de la Nación).

 

1. Prólogo

Es bien sabido que durante la década del '30, la República Argentina estableció
acuerdos comerciales bilaterales que involucraban preferencias para las
mercaderías - y a veces también las inversiones - de algunos países. De entre
ellos el primero y el más importante fue el Tratado Anglo-Argentino de 1933, más
conocido como Tratado Roca-Runciman.
Tanto los que cuestionan ese tratado - y sus secuencias - como los que lo alaban
dan por sentado que, para bien o para mal, encuentra su explicación en las
circunstancias que predominaban en la década del '30. En particular, se aduce
que la crisis económica de esos años - que se habría iniciado con el derrumbe de
Wall Street en octubre de 1929 - influyó para hacerle aceptar a la República
Argentina un acuerdo que, en el mejor de los casos puede ser considerado como
"mal menor", como una tabla de salvación en una situación desesperada. Algunos
observadores agregan a lo anterior que, en septiembre de 1930, se había roto con
las reglas constitucionales y que tanto el gobierno de facto del Gral. Uriburu
como el "electo" de su sucesor el Gral. Justo - entre otras circunstancias bajo
la prohibición a los Yrigoyenistas de presentar candidatos - al no ser
representativos de la voluntad popular cometieron el atropello de beneficiar los
intereses británicos y perjudicar los nacionales.
El presente trabajo se propone examinar un pacto anglo-argentino, el Convenio
sobre Comercio y Crédito Mutuo de 1929 - más conocido como Convenio D'Abernon
por el nombre del negociador británico - así como algunas otras negociaciones
entre ambos países emprendidas entre 1928 y 1930. Como se podrá verificar, la
iniciativa de las negociaciones así como la firma del acuerdo principal, y de
otros de menor importancia pero que muestran facetas adicionales de la
situación, ocurrieron bien antes del "crack" de Wall Street y, todavía, bajo el
gobierno constitucional del presidente Hipólito Yrigoyen. En todo caso, si algo
provocó la parálisis del Convenio fue el cierre del Congreso Nacional a raíz del
golpe de Estado del 6 de septiembre de 1930 lo que impidió que el Senado
discutiera el Tratado que ya contaba con la aprobación de la Cámara de
Diputados.2
Ahora bien, tanto el Convenio D'Abernon como algunos otros acuerdos alcanzados
en esos meses involucraban el otorgamiento de fuertes preferencias a los
intereses británicos con respecto a los de otros países extranjeros, de
productores locales o del mismo erario público.
Por lo tanto, no habría sido necesario ni la crisis económica ni la interrupción
de la vida constitucional del país para que se estableciera un tratamiento
preferencial a los intereses británicos. La tendencia en esta dirección ya
estaba en pleno auge en los últimos años de la década de los 20 y responde a las
características de la inserción internacional de la República Argentina en
aquella época así como a las modificaciones que venía experimentando la economía
mundial en aquella primera posguerra.3 Pero la respuesta a estas circunstancias
no es necesariamente unívoca. Los diversos intereses en juego, la opinión
pública y los gobiernos pueden reaccionar de diversas maneras que no están
estrictamente predeterminadas. Por lo tanto, las negociaciones emprendidas y los
convenios internacionales acordados ofrecen una visión de circunstancias y
orientaciones.
La historiografía argentina sobre el Tratado D'Abernon no ha sido
suficientemente precisa. De los pocos que se han referido al asunto, una mayoría
ha cometido el error de tomar los pronunciamientos oficiales argentinos y el
texto formal del tratado al pie de la letra. Y, en consecuencia, sacan la
conclusión que se trató de una iniciativa pionera del presidente Yrigoyen que se
habría adelantado a los tiempos proponiendo lo que aparentemente constituía un
equitativo acuerdo de trueque de productos agropecuarios argentinos por material
ferroviario inglés.4 En cambio, el examen de la documentación referida a la
negociación, en particular la disponible en los archivos oficiales británicos,
permite, sin lugar a dudas, concluir que se trataba de un pacto francamente
unilateral de exclusivo beneficio para los intereses británicos.5 Se torna
necesario, por lo tanto, intentar explicar por qué un gobierno que en otras
materias había dado signos de conducir una política exterior independiente pudo
aceptar - más aún como veremos tomar la iniciativa - de un acuerdo tan poco
favorable a los intereses argentinos.
En lo que sigue se procede a estudiar, primero, la iniciativa que condujo a la
designación de una misión británica que visitaría la República Argentina y
países vecinos. En segundo lugar, se examina las negociaciones que condujeron al
texto del acuerdo. En tercer lugar, se analiza algunos aspectos de detalle del
convenio que, sin embargo, permiten constatar y consagran su carácter
desfavorable. Cuarto, se estudia el proceso de discusión pública, debate en el
Congreso y el destino final del Convenio. Y, por último, se examina algunos
otros asuntos materia de negociaciones en ese período entre la República
Argentina y el Reino Unido.
DT0029b
2. El Convenio D'Abernon-Yrigoyen

El 24 de mayo de 1929 era designada una Misión Económica de Gran Bretaña con
destino a la Argentina, Brasil y Uruguay. Estaba encabezada por Lord D'Abernon.6
"La Misión - decía el anuncio del "Board of Trade" - estudiará las relaciones
industriales, comerciales y financieras de Gran Bretaña con los dos países (la
Misión oficialmente, sólo visitaría la Argentina y Brasil) con miras a su
desarrollo en el interés común".7
La visita a esos países se hizo efectiva durante los meses de agosto y
septiembre del mismo año. Durante su permanencia en América del Sur sus miembros
se ocuparon activamente en realizar negociaciones con las autoridades y
mantuvieron conversaciones con representantes de intereses privados que
condujeron - en el caso de la Argentina - a la firma de un Proyecto de Convenio
sobre Compras y Crédito Recíprocos, así como a varias otras medidas relativas a
los intereses británicos en la Argentina.
A continuación consideraremos primeramente los pasos que llevaron a la
designación de la Misión y los antecedentes de las negociaciones.



2.1. El origen de la iniciativa

En el Mensaje Presidencial al Congreso Argentino, sometiendo para su aprobación,
a fines de 1929, el Proyecto de Convenio entre la República Argentina y el Reino
Unido se manifestaba: "Poco después de ocupar mi cargo el embajador de Su
Majestad Británica solicitó mi atención sobre el deseo de su gobierno de enviar
a nuestro país una misión especial de carácter económico, con el fin de
intensificar y estrechar aún más los vínculos que nos unen desde hace tiempo".8
Y el mismo embajador de Su Majestad Británica - Sir Malcom Robertson - a su
llegada a Inglaterra después de haber renunciado a su cargo en Buenos Aires,
declaraba a la prensa: "Solicité que la misión de Lord D'Abernon fuera enviada a
la Argentina...".9
Sin embargo, no fueron ni el embajador ni el gobierno británicos quienes tomaron
la iniciativa de enviar la Misión. Una nota que Sir Malcom dirigió a Austen
Chamberlain, en el "Foreign Office", revela que la iniciativa se habría
originado en el gobierno argentino. En esa nota el embajador informa sobre
"...una conversación que mantuvo con el Senador Molinari que es amigo personal y
está entre los asesores privados del Presidente Yrigoyen. La conversación se
refería a las medidas que podrían adoptarse para mantener y desarrollar nuestro
comercio con la Argentina. Durante la conversación Molinari sugirió muy
formalmente que "nos convendría enviar una delegación de dos o tres industriales
importantes, encabezada por una persona distinguida y conspicua y prometió que
dicha delegación tendría inmediatamente acceso al Presidente y podría discutir
autorizadamente con él, toda la cuestión de las relaciones comerciales,
industriales y financieras anglo-argentinas".10
Yrigoyen era conocido por sus inclinaciones nacionalistas y había basado su
carrera política en fustigar el denominado "régimen" instituído por los líderes
políticos desde fines del siglo XIX, que se apoyaba en el predominio económico
de los intereses de los terratenientes y exportadores en estrecha sociedad con
los intereses británicos.11 Diego Luis Molinari, por otra parte, como
Subsecretario de Relaciones Exteriores durante la primera Presidencia de
Yrigoyen, había sido el artífice de la política de neutralidad argentina durante
la Gran Guerra - frente a las presiones para que el país se plegara a la Alianza
de Francia y Gran Bretaña - y uno de los representantes más conspicuos del
nacionalismo. ¿Qué motivos podían haber incitado a estas dos personalidades a
alentar al gobierno británico a incrementar sus vínculos con la Argentina, dada
la estrecha conexión que tenían sus enemigos políticos con los intereses
británicos?
Parece plausible encontrar la respuesta en su actitud hacia la creciente
influencia estadounidense. Una vez más viene en nuestro auxilio el embajador
británico: "...el actual gobierno argentino experimenta un franco temor por la
penetración económica norteamericana, temor que es compartido por la mayoría de
la opinión pensante argentina. Las razones saltan a la vista: ...La Doctrina
Monroe, la intervención armada en América Central, las Antillas, el caso del
reconocimiento de Panamá: ninguna de estas cosas han sido olvidadas,
especialmente si se las asocia con la opinión expresada por el gobierno de
Coolidge que el capital estadounidense tiene derecho a ser protegido. La
política arancelaria de los Estados Unidos, que afecta tan de cerca a este país,
sólo sirve para exacerbar aún más los ánimos. El temor por el poder del dólar
norteamericano y el haber tomado conciencia de la decadencia económica de la
Europa arruinada, ha aumentado el malestar general".12 Esa "mayoría de la
opinión pensante argentina" tal como se expresaba en un artículo de fondo de La
Prensa, del 13 de mayo, creía que "... esas medidas de la República
Norteamericana, que violan la soberanía de países débiles, crean un ambiente no
tan cordial como debía serlo hacia ese gobierno, aún entre países como la
Argentina que no tienen nada que temer en ese aspecto.
Adicionalmente, en esos años, se estaba produciendo un claro avance
estadounidense en la economía argentina. Desde 1925, las importaciones desde
EEUU eran las mayores, la colocación de títulos se efectuaba casi exclusivamente
en Nueva York, se instalaban numerosas fábricas de propiedad estadounidense y la
Standard Oil buscaba obtener concesiones de yacimientos en el norte del país.
Por último, varias empresas de servicios públicos - originalmente de propiedad
británica - habían pasado a manos estadounidenses (p.ej. la compañía telefónica)
y se rumoreaba que algo similar estaba por ocurrir con algunas de las compañías
de ferrocarriles.13
Al parecer, entonces, Yrigoyen, buscando un contrapeso a la expansión
norteamericana, había dirigido su atención hacia Gran Bretaña; tal como lo
manifestara un funcionario del "Foreign Office": "Yrigoyen está tratando de
utilizarnos disimuladamente como instrumento en su juego contra los
norteamericanos".14 Más aún, en ese juego estaba respaldado por la opinión
pública ya que "... sentían confianza por el capital británico puesto que lo han
conocido desde hacía años y porque nosotros nunca hemos usado el garrote, ni
siquiera una vara pequeñita en su servicio".15
La reacción de Yrigoyen con respecto a los EEUU lo llevó a confluir con la
actitud de la Sociedad Rural Argentina que había adoptado - levemente modificado
- el "slogan" acuñado por el embajador británico, a saber, "Comprar a quien nos
compra", una apenas disimulada fórmula destinada a justificar el otorgamiento de
un trato preferencial a los productos británicos. En el Congreso Nacional, en
esos años, se presentaron varios proyectos de revisión de los tratados
comerciales a fin de quedar con las manos libres para el otorgamiento de
preferencias.16
Existían también otras razones más inmediatas. En diciembre de 1928, Herbert
Hoover, en ese momento Presidente electo de los Estados Unidos, había visitado
la Argentina durante su gira de "buena voluntad" por América del Sur. Aunque
anunciando para el futuro una apertura del mercado norteamericano hacia los
productos argentinos, se había rehusado cortésmente a considerar las propuestas
de los representantes de la Sociedad Rural Argentina en el sentido de levantar
la proscripción sobre las carnes argentinas y disminuir los aranceles aplicados
a otros productos del país. Al mismo tiempo, la posición de Hoover con respecto
al intervencionismo norteamericano no había sido lo suficientemente clara para
satisfacer las inquietudes de Yrigoyen.
En resumen, la iniciativa de proponer una misión comercial británica fue tomada
por el gobierno argentino del Presidente Yrigoyen a las pocas semanas de haber
asumido (el 12 de octubre de 1928) y bien antes de cualquier indicio de la
Depresión que habría de caracterizar la década siguiente. El contexto era el de
la intensa rivalidad entre intereses estadounidenses y británicos en la
Argentina y el de la campaña por el otorgamiento de preferencias a Gran Bretaña.



2.2. La designación de la Misión D'Abernon y sus motivos en Gran
Bretaña

El embajador británico, que había estado desarrollando esa activa campaña en
apoyo del comercio británico, se hizo eco de la sugerencia del Senador Molinari
y la apoyó en forma muy entusiasta.17 Y el gobierno de Su Majestad Británica
también encontró que se trataba de una excelente idea. En opinión de los
círculos oficiales británicos, la Argentina era una economía en rápida
expansión, el país clave de América del Sur en el que, además, al igual que en
Brasil y Chile se mantenía la supremacía económica británica y que,
adicionalmente, había demostrado oponerse a la hegemonía estadounidense.18 En
las palabras del Director del "American Department" del "Foreign Office": "en
esencia, la Misión es una iniciativa para neutralizar la competencia de los
EEUU".19
En consulta entre los distintos departamentos del gobierno británico, se
decidió, por lo tanto, enviar la Misión y que Lord D'Abernon era la persona
indicada para estar a su frente. Los principales objetivos de la Misión - tal
como los planteó el "Foreign Office" serían:
a) publicitar en la Argentina productos de la industria británica, y

b) a la vez hacer conocer a los círculos comerciales e industriales británicos
en el país las perspectivas en la Argentina, y los cambios que sería necesario
introducir en los métodos de producción y ventas para que ese mercado sumamente
valioso no se nos escape gradualmente."20
El embajador británico en Buenos Aires, que recibió instrucciones de consultar
con el Presidente Yrigoyen acerca del envío de la Misión, al ser recibido por
éste el 15 de mayo, se encontró con que: "Su Excelencia replicó reiterando sus
sentimientos de amistad y los de sus conciudadanos hacia Gran Bretaña. Lo único
que lamentaba era no poder hablar inglés - "me gustaría que todas las semanas
viniera aquí una misión británica" - dijo y me aseguró que Lord D'Abernon sería
recibido con toda cordialidad. A mi pregunta de si había alguna cuestión o
proyecto particular que querría que estudiara la Misión, respondió con una
negativa pero insistió en que él y su gobierno harían todo lo posible por
ayudarla "algo que no hubiera prometido si la misión viniera de cualquier otra
parte" agregó en forma bien significativa".21
En Londres, se produjeron fuertes discrepancias, sin embargo, con respecto a los
objetivos de la Misión. Los comerciantes británicos en Buenos Aires pretendían
que se ocupara de una serie de asuntos aduaneros, impositivos y legales de menor
importancia que los aquejaban. El embajador británico, en cambio, tenía en mente
algunos objetivos más ambiciosos: "...atacar el monopolio estadounidense del
automóvil y la maquinaria agrícola". Robertson también quería que se discutiera
la participación británica en obras públicas y la cuestión de los subterráneos
de Buenos Aires.22 Pero, sobre todo, preocupaba al embajador las cuestiones
referidas a los FFCC, a saber, la obtención de mayores contratos de los FFCC del
Estado y la amenaza al control británico de las compañías privadas. Sir Malcolm,
coherente con la campaña por el otorgamiento de preferencias a los productos
británicos, también planteó este asunto, lo que suscitó una oposición cerrada de
las autoridades británicas todavía convencidas de la no discriminación como
regla de la política comercial más sana.



2.3. La Misión en Buenos Aires y la campaña por el tratamiento
preferencial a los productos británicos


La Misión D'Abernon llegó a Buenos Aires el 20 de agosto acompañada por el
embajador británico que había ido a recibirlos a Río para venir con ellos.23
La recepción no pudo ser mejor. Se había arreglado para el día siguiente una
audiencia con el Presidente de la República. Lord D'Abernon leyó un discurso en
el que se expresaba: "No es exagerado decir que fuera de las fronteras del
Imperio Británico, no existe pueblo en el mundo por el que en Gran Bretaña se
sienta mayor simpatía que por el pueblo argentino" y en su respuesta Yrigoyen
dijo: "...en la Argentina se tiene el mismo sentimiento hacia Gran Bretaña...".
"Después de eso, él, Yrigoyen, se prodigó en expresiones de apoyo a la
Misión".24
Los diarios también habían tributado una acogida favorable. "La prensa de Buenos
Aires dió realce en todas formas a la llegada de la Misión y su tono ha sido de
satisfacción amistosa por su arribo". En opinión del embajador "...la Misión ha
comenzado sus tareas bajo los mejores auspicios posibles, así como con un afán y
entendimiento sumamente alentadores y hasta inspiradores".25
En los días siguientes, Lord D'Abernon se dedicó en una serie de discursos a
propiciar el tratamiento preferencial hacia Gran Bretaña blandiendo la amenaza
de la posible instauración de la "Preferencia Imperial". Ante la UIA conocida
por sus posiciones proteccionistas, por ejemplo, se pronunció: "...es esencial
para el país mantener abiertos los mercados extranjeros a los que esos productos
(agrícolas) se envían. Es especialmente importante que no se limite el libre
acceso, que actualmente existe, al gran mercado inglés. Reitero lo que dije
anteriormente; que el mantenimiento de la libertad en Inglaterra depende en gran
medida de Vuestra acción". Y, agregaba para precisar más la idea: "La antigua
seguridad que despertaba la cláusula de "Nación Más Favorecida" está
desapareciendo rápidamente y las naciones empiezan a comprender que el término
"Nación Más Favorecida" no significa nada excepto el hecho que no se favorece a
ninguna. Mi propio pronóstico es que en el futuro se propenderá a comprar a
aquellos países que nos compran y me complace que este lema haya obtenido ese
apoyo popular en la República Argentina".26
Las reacciones que esto provocó no tardaron en manifestarse y a criterio de Lord
D'Abernon eran, en un porcentaje abrumador, a favor. "La recepción de la Misión
Económica ha sido digna de mención y justifica plenamente las previsiones de Sir
M. Robertson. La cordialidad ha sido tal que no tiene parangón con la tributada
en dominio o colonia británica alguna. Existe un deseo genuino de dar
preferencia a Inglaterra en materia financiera y comercial si les ofrecemos algo
así como igualdad de términos por igualdad de servicios" (subrayado por el
autor).27
"La Prensa" del 26 de agosto, citando el discurso que pronunció Lord D'Abernon
en el banquete de la Cámara de Comercio Británica, se refirió a la falta de
perspicacia de los propiciadores del proteccionismo que en 1923 habían obtenido
un aumento del 60 % en los derechos aduaneros, "...medida que había sido tan
perjudicial para las exportaciones argentinas como seguramente lo era para las
importaciones británicas". "¡Si la medida hubiera sido cuidadosamente estudiada
seguramente se hubiera hecho una excepción a favor del comercio británico!".28
El Buenos Aires Herald señalaría al día siguiente los peligros a los que estaba
expuesta la Argentina: "...Puesto que depende - si no exclusivamente por lo
menos en gran medida - de la buena voluntad de Gran Bretaña de continuar
comprando". Pero, por otra parte, como observó el mismo periódico dos días
después: "...erigir una barrera arancelaria contra la Argentina sólo redundaría
en pérdidas para los actuales inversores británicos en ese país y pérdida de
ventas en la Argentina de mercaderías de origen británico y aumentos del costo
de vida en Inglaterra. Pasará un largo tiempo antes que los tenedores de valores
mobiliarios argentinos y los trabajadores británicos se unan para llevar a cabo
ésto. "El Mundo", como observó el embajador "publicó un artículo muy cordial"29.
Y nuevamente el Buenos Aires Herald opinó que siempre existía la posibilidad, si
la situación de Gran Bretaña empeorara, de que ésta adoptara la "Preferencia
Imperial" o el libre comercio dentro del Imperio. El periódico opinaba que Lord
D'Abernon había visto ceñirse las nubes de tormenta en el horizonte y que esa
nota amistosa de advertencia no significaba ni una amenaza ni una fanfarronada.
La insinuación hecha era un esfuerzo por convencer a los amigos argentinos de no
seguir una política que podía muy bien llevarlos por el camino de la ruina. Gran
Bretaña podría llegar a sufrir sólo hasta cierto límite. ¡En cambio las
consecuencias para la Argentina serían desastrosas!.30


2.4. El Convenio; el principio de las "compras en bloque"

Después de una serie de entrevistas con representantes de distintos intereses
británicos en la Argentina, así como con unos pocos ministros, la Misión se
dedicó a negociar un acuerdo concreto. Unos días después, al partir de Buenos
Aires para Rio de Janeiro, Lord D'Abernon entregaría un mensaje para The Times.
"Los resultados de la Misión Británica en la Argentina no sólo son
satisfactorios sino sorprendentes, en todo caso me han sorprendido a mí".31 ¿A
qué se refería nuestro visitante? El 29 de agosto Lord D'Abernon fue recibido
por el Presidente Yrigoyen. Fue en realidad la primera reunión que mantuvo
después de la de su llegada.
Lo que sucedió en esa entrevista no ha quedado documentado. Pero sin que hubiera
tenido lugar ninguna nueva reunión, el embajador escribió un despacho dos días
más tarde. Se hace allí referencia a un artículo publicado por La Época que
había subrayado: "...el beneficio para ambas partes en las circunstancias
especiales de ese momento" del Acuerdo sobre el Trigo de 1917 al que había hecho
alusión Lord D'Abernon en su primer discurso pronunciado ante el Presidente". En
virtud del Convenio sobre el Trigo de 1917 la Argentina - un país neutral -
había prestado ayuda a los Aliados financiándoles la compra de la cosecha
argentina. Era la época del primer período presidencial de Yrigoyen y el mismo
periódico le atribuye esa "iniciativa propia de un estadista". El embajador, sin
embargo, observa "como ya saben la propuesta original vino de los Aliados". Y
luego el embajador acota: "Esto resultó de interés para mostrar que estaba
preparado el terreno para la renovación de un acuerdo de ese tipo en la forma
modificada de compras en bloque que a criterio de Lord D'Abernon el Presidente
se había mostrado tan dispuesto a considerar."32
De lo anterior no resulta difícil deducir que en la entrevista se planteó la
cuestión de un acuerdo y que Yrigoyen la apoyó bajo la forma de "compras en
bloque". Pero, ¿qué eran esas compras en bloque? ". Lord D'Abernon le explica en
un telegrama al Presidente del "Board of Trade": "... con respecto a las
conversaciones sobre compras en bloque que han tenido lugar aquí, el Presidente
estaría dispuesto a autorizar la firma de un acuerdo con Gran Bretaña...Los
Ferrocarriles Argentinos del Estado comprarían durante los próximos dos años el
grueso del material que necesiten a Gran Bretaña. La Argentina pagaría esas
compras con un monto equivalente en cereales y carne argentinos" (subrayado por
el autor).33
Por lo tanto el convenio parecía reducirse a un trueque directo de productos
británicos por productos argentinos de un valor equivalente. Pero ya en esa
etapa esa aparente equidad del trato había sido seriamente menoscabada.
El informe sobre la primera reunión que mantuvieron los miembros de la Misión
con Claps el 29 de agosto - mientras D'Abernon tenía la audiencia con Yrigoyen -
dice que Claps "... había estado ... tratando de formular un proyecto en virtud
del cual las compras de los Ferrocarriles Argentinos del Estado pudieran hacerse
en Inglaterra. El gobierno tiene previsto gastar 5.000.000 de libras anuales
durante los próximos dos años, y se llevaron a cabo conversaciones con el objeto
de buscar una fórmula mediante la cual en el caso de que esas compras se
efectuaran en Gran Bretaña pudieran asignarse a cambio de compras de carne y
cereales.34
Por lo tanto, detrás de un convenio aparentemente equitativo surgían dos
cuestiones peculiares. Primero, debía formularse un plan "por el cual pudieran
hacerse en Inglaterra las compras de los Ferrocarriles Argentinos del Estado".
Segundo, las compras argentinas de material ferroviario sólo "se asignarían a
cambio de compras británicas de carne y cereales".
El significado de esas salvedades surge más que claramente del telegrama
precitado enviado por D'Abernon al Presidente del "Board of Trade". "... Los
Ferrocarriles del Estado... se abastecen, ahora, totalmente de fuentes
extranjeras. No hay aparentemente posibilidad que en ausencia del convenio
sugerido, los fabricantes ingleses obtengan esos contratos en competencia
abierta, donde el precio es el único factor determinante" (subrayado por el
autor).35 Más aún, como señaló D'Abernon "... se sobreentiende que los cereales
y otros productos comprados por Gran Bretaña formarían parte del suministro
normal"; es decir que las compras hechas por la Argentina simplemente serían
asignadas a cambio de las compras que Gran Bretaña hubiera realizado de todos
modos" (subrayado por el autor).36
La campaña para otorgar tratamiento preferencial a la industria británica había
alcanzado pleno éxito. El motivo de la posición del gobierno argentino quedó
aclarado en el telegrama enviado por el embajador, ese mismo día, en apoyo de la
propuesta de D'Abernon. "El argumento de peso es que la Argentina debe mantener
a toda costa la entrada libre de derechos de productos argentinos al Reino
Unido. Para conseguir esto se ofrecieron facilidades a las importaciones
británicas en una u otra forma".37
Aunque esperando la respuesta del gobierno británico a la propuesta de convenio,
la Misión prosiguió sus actividades en Buenos Aires. En una entrevista con el
Ministro de Agricultura el 3 de septiembre, el Ministro conversó con la Misión
acerca del discurso que había pronunciado en ocasión de la inauguración de la
Muestra Anual de la Sociedad Rural el sábado anterior. Explicó el Ministro, que
en ese discurso "... había bosquejado la política de su gobierno...su política
económica estaba orientada hacia el intercambio directo entre los dos países y
el gobierno pensaba en la posibilidad de concluir un acuerdo sobre importantes
intercambios en bloque". Y a su criterio: "no era necesario limitar la propuesta
a material ferroviario, pero esto bastaría en un principio; el intercambio
podría realizarse sobre la base de muchos otros artículos, especialmente
maquinaria agrícola".38
Yrigoyen y su gobierno, a pesar del carácter unilateral del pacto estaban
evidentemente ansiosos por concluirlo. En una entrevista que mantuvo con Lord
D'Abernon al día siguiente "... El Presidente...reiteró su deseo que se adoptara
el principio del intercambio en bloque de materias primas contra productos
manufacturados".39 La respuesta del gobierno de Su Majestad llegó el 6 de
setiembre y era en un todo favorable a la idea de concluir tal acuerdo. Las
instrucciones decían: "... si es así, el principio del acuerdo propuesto se
aprueba sujeto a un acuerdo sobre los detalles..."(subrayado por el autor).40
Volveremos a ocuparnos más adelante de este telegrama para ver a qué se refiere
y qué se entiende por "detalles".
Como resultado de esto, el día siguiente, la Misión comunicaría a Yrigoyen que
"...el gobierno de Su Majestad había aceptado el principio de compras recíprocas
..." e Yrigoyen respondería "ha sido un gran placer para mí recibir su mensaje
en el que me informa que el gobierno de Su Majestad Británica acepta el
principio de compras recíprocas que he propuesto".41 Una vez más, no cabe la
menor duda que el promotor del "principio" del acuerdo no había sido otro sino
el mismo Yrigoyen.
Una diferencia poco importante de último momento había surgido con respecto a la
publicación del convenio bajo su forma de proyecto, es decir, antes que se
hubieran negociado los "detalles". Yrigoyen quería proceder a su inmediata
publicación en tanto que el "Foreign Office" se oponía mientras no se hubiera
consultado a los sectores interesados con respecto a esos "detalles".42
Pero la publicación no pudo impedirse. Yrigoyen estaba decidido a que debía
realizarse. El embajador explica su actitud en un telegrama en el que insta al
"Foreign Office" a que permita la publicación. "La actitud del Presidente, a
quien conozco bien, refleja su deseo de ofrecer al mundo una muestra cabal de la
amistad de la República Argentina con Gran Bretaña. Los detalles cuentan poco
para él. Está sumamente inquieto que la Misión parta sin que quede una prueba
pública que algo se ha concretado. Me inquietaría mucho que se desalentara su
insistente y declarada simpatía con una nueva negativa a publicarlo
inmediatamente de acuerdo con sus deseos".43
No hay duda, por lo tanto, de que Yrigoyen era el más decidido de todos en
firmar el acuerdo. Al día siguiente el texto completo del proyecto de acuerdo y
de los mensajes intercambiados aparecía en una edición extraordinaria publicada
a última hora de la tarde por el periódico cercano al gobierno, La Época, que de
esa manera, desde el punto de vista periodístico se adelantó con esta primicia
sensacional, a todos los demás periódicos".44
2.4.1. Comentarios acerca del proyecto de Convenio
Ya hemos recordado la complacida sorpresa que al partir de Buenos Aires
manifestara Lord D'Abernon al corresponsal del The Times. El mismo diario
comentaría al día siguiente, en un artículo de fondo titulado "Intercambio
anglo-argentino": "... él (Lord D'Abernon) considera los resultados obtenidos en
la Argentina no sólo satisfactorios sino sorprendentes, expresión a la que sólo
puede dársele la interpretación más lisonjera, al provenir de esa fuente."45 Y,
un funcionario del "Foreign Office" anota, en esos días, en el expediente: "si
el ejemplo argentino es seguido por otros países o hasta por nuestros
'Dominios', se comprobará que el acuerdo puede llegar a hacer época".46
El Primer Ministro británico confirmó la opinión de los funcionarios:
"Verdaderamente el éxito de la misión superó todas las expectativas. La Misión
ha inaugurado una nueva era en nuestras relaciones, tanto políticas como
económicas...".47
El embajador británico viene una vez más en nuestra ayuda con una visión muy
explícita de la actitud de Yrigoyen: "La persona más importante de esta parte
era, por supuesto, el Presidente. La clave para él, tal como lo descubrí quince
meses atrás en la primera entrevista que tuvimos, cuando era Presidente electo,
es que es un idealista que a veces apenas tiene los pies puestos sobre la
tierra. Por muchas razones, la mayoría de las cuales he explicado en diversos
despachos, se convirtió el año pasado en un convencido y leal amigo nuestro. Lo
he visto tan a menudo que confía en mí tanto como yo confío en él. Todo lo que
desea hacer en materia internacional es ayudarnos, dentro del alcance de sus
posibilidades, a nosotros y a nuestros desocupados, en la medida en que no
perjudique los intereses de las industrias y clases trabajadoras de su propio
país".48 Y continúa en una carta al editor del The Times: "Lo que interesa es
conseguir pedidos para la industria británica. En este momento el Presidente es
absolutamente todopoderoso, y es primordial que no hagamos ni digamos nada que
pueda ponerlo en contra nuestro. Siempre he cultivado su amistad desde que subió
al poder (¡En realidad empecé antes!) y actualmente mantenemos relaciones
sumamente cordiales. Es marcadamente pro británico por simpatía y convicción
como lo demostró en forma harto evidente el extraordinario éxito de la Misión
D'Abernon. La gente sigue todavía algo estupefacta por la recepción más que
cordial que les tributó. Su demostración de complacencia por la llegada de la
Misión fue una actitud muy poco común en él y personalmente hizo una cantidad de
pequeñas cosas que no hubieran sorprendido en el caso de otra persona, pero que
resultaban simplemente asombrosas en su caso y que dieron mucho que hablar. No
hay prácticamente nada que no podamos hacer con él si lo manejamos
cuidadosamente y nos grabamos en la mente que es un idealista y un argentino
patriota. En la esfera internacional es pro británico por la simple razón que
admira nuestra integridad, valora lo que hemos hecho por su país y sabe que
nosotros somos los que ponemos la manteca en el pan argentino. Una y otra vez,
durante las negociaciones del Convenio dijo: (esto es para su información y la
de sus colaboradores, no para publicarlo) 'Me importa un bledo los detalles de
esa Convención. Firmaré todo lo que Uds. acuerden. Quiero que esto sea un signo
de apoyo moral a Gran Bretaña, una demostración palpable de los sentimientos de
amistad de este país hacia ustedes. Quiero publicarlo antes que la Misión deje
estas costas, para que todo el mundo pueda enterarse que han obtenido algo
concreto'" (subrayado por el autor).49
El cónsul general de los EEUU en Buenos Aires nos recuerda: "...los líderes de
este gobierno son tan decididamente contrarios a todo lo que sea norteamericano
y...este sentimiento y resentimiento es tan profundo que están dispuestos a
entrar en acuerdos que aparentemente no representan ventaja alguna para su país
- en realidad que pueden significar una definida desventaja - con tal de hacer
un gesto contra los EEUU".50
El "signo de apoyo moral hacia Gran Bretaña" de Yrigoyen había dado por
resultado un "... Proyecto de convenio que en realidad significa un regalo de
ocho a nueve millones de libras esterlinas para nuestras industrias sin ventajas
aparentes para la Argentina ..." (subrayado por el autor)..51
En la Argentina la mayoría de los comentarios, también, parecían ser favorables
pese a que como se ha visto el Convenio distaba de ser equitativo. En general,
las reacciones de la prensa de Buenos Aires fueron favorables en lo que respecta
al convenio. Todos los diarios se mostraron de acuerdo con el "principio" pero
dejaron debidamente sentado el hecho que implicaba un tratamiento preferencial
para Gran Bretaña. Esta preferencia, sin embargo, era en opinión de ellos
plenamente justificable por la importancia del acceso al mercado británico y
como castigo a la política proteccionista estadounidense.52
Sin embargo, los estadounidenses, muy seguros de sí mismos, no estaban
dispuestos a preocuparse mucho. En respuesta a los artículos publicados en la
prensa estadounidense donde se decía "La campaña de Gran Bretaña para vender
mayor cantidad de mercaderías a América Latina y la Misión de D'Abernon están
causando mucha inquietud en los círculos comerciales de los Estados Unidos", el
Agregado comercial de los Estados Unidos en Buenos Aires envió al "Bureau of
Foreign Commerce" en Washington, D.C. un cable donde descartaba
condescendientemente todo el asunto. "... la publicidad local y las
conversaciones relativas a los métodos británicos y norteamericanos, resultantes
de la misión han sido en su conjunto una publicidad muy buena para nosotros...
(yo) creo que deberíamos considerar la misión D'Abernon en forma benévola y
tomarla como una competencia comercial absolutamente justa y amistosa, llamando
la atención, si se lo considera adecuado, sobre la necesidad que tiene
Inglaterra de mantener su comercio de exportación si quiere continuar siendo
nuestro mejor cliente".53
Esta fue toda la reacción por la parte norteamericana a la sagaz iniciativa de
Yrigoyen de favorecer a los ingleses para presionarlos. Estados Unidos confiaba
más que nunca en su ascendiente imbatible sobre el mercado argentino y en que
cualquier aumento de menor cuantía en las exportaciones de Inglaterra,
redundaría, de todos modos, en forma indirecta, en un aumento de sus propias
exportaciones a Gran Bretaña al mejorar la capacidad de importación de este
último país.
La disposición de ánimo de los comentarios de la prensa, cuando se tomó
conciencia de los verdaderos términos del acuerdo, estuvo lejos de ser tan
favorable como con respecto al "principio" de otorgar tratamiento preferencial a
Gran Bretaña. Se criticaba tanto el sentido mismo del acuerdo como la
constitucionalidad del procedimiento aplicado. Por ejemplo La Prensa en el ya
citado artículo de fondo titulado "Una buena política, pero dudosamente
aplicada" decía: "Comprar a Inglaterra en la forma vaga en que está redactado el
convenio podría significar el pago de una contribución en favor de las fábricas
británicas con respecto a la compra de materiales hecha por la nación. Por otra
parte es difícil ver qué productos podría comprar el gobierno británico que no
hubiera comprado de no existir tal acuerdo". Y La Nación de ese mismo día decía
que la forma de concluir el convenio constituía una subversión de la idea
republicana en cuanto al control del Poder Ejecutivo sobre cuestiones
financieras. Y pasaba a citar la Constitución para demostrar que únicamente el
Congreso podía aceptar empréstitos en nombre del país. Además, se corría la voz
que ninguno de los ministros se había enterado de la transacción y que todo
había sido hecho en forma personal entre el Presidente y Lord D'Abernon. Se
sostenía que la aprobación del Congreso era esencial y que no hubiera sido
difícil de conseguir.54
Otra reacción interesante frente al Convenio fue la que se suscitó entre los
comerciantes británicos en Buenos Aires. El cónsul estadounidense informa que
éstos se quejaban que sus problemas no habían recibido atención alguna. Y que,
una vez más, sólo las cuestiones referidas a los FFCC habían concentrado la
atención del gobierno británico.55
En Londres un funcionario del "Foreign Office", al comentar esas reacciones,
decía: "El Acuerdo no sin motivo ha recibido cierta cantidad de críticas de la
prensa argentina debido a la ventaja unilateral para Gran Bretaña y la forma
inconstitucional en que fue concluido (subrayado por el autor).56


2.5. La negociación de los "detalles"

Al comentar la firma del acuerdo el The Times Trade and Engineering Supplement
del 20 de septiembre, manifestaría: "...prácticamente sólo el principio de la
negociación fue establecido, siendo su ejecución práctica un asunto que
requerirá probablemente una cuidadosa consideración y una hábil planificación
por ambas partes".
El 8 de noviembre se firmaría un acuerdo definitivo después de su "cuidadosa
consideración".57 Esta forma final del acuerdo y las negociaciones que la
precedieron revelarían en forma aún más clara una cierta unilateralidad del
Convenio. Que al menos entre algunos había conciencia de este hecho queda muy
bien demostrado por las expresiones de un importante líder de la oposición: "...
la comparación entre las bases del acuerdo... y el texto real del acuerdo - tal
como fue incluido en el "Diario de Sesiones"- dará a conocer a los diputados que
las pocas modificaciones introducidas no hacen más que acentuar y en forma
categórica, el aspecto de la cuestión que he tratado de hacer explícito".58
Recordemos los términos del telegrama por el que D'Abernon recibió del gobierno
Británico instrucciones de firmar el Acuerdo. El texto completo del telegrama,
citado más arriba sólo en parte, decía: "Se entiende que las compras de
productos agrícolas argentinos contemplados en el acuerdo propuesto sobre
compras recíprocas serían efectuadas por personas vinculadas con estos negocios
como parte de sus actividades habituales, incidiendo los arreglos propuestos
sólo sobre la forma de pago. Aunque el gobierno británico en efecto garantizaría
compras hasta un monto de aproximadamente 5.000.000 de libras en un período de
dos años, no le sería exigido que comprara nada de todo ese monto de productos
agrícolas. En este caso, el principio de acuerdo propuesto ha sido aprobado
sujeto al ajuste de detalles respecto a arreglos financieros y a la obtención
por parte nuestra de la cooperación de las firmas interesadas en la compra de
productos agrícolas argentinos. Todavía no ha sido posible entablar consultas
con ellos, pero se tratará de hacerlo a la mayor brevedad...".59
No era cuestión entonces de un trato entre Estado y Estado como podía inferirse
del texto del acuerdo y de las ya mencionadas ideas del Partido Laborista sobre
el monopolio estatal de las importaciones de alimentos.60 Más aún, los "arreglos
financieros"- que como se verá estaban íntimamente relacionados con las firmas
que manejarían el negocio - habían sido individualizados como uno de los puntos
sobre los cuales debían convenirse ciertos "detalles".
2.5.1. Canales comerciales
El día de la firma del acuerdo el embajador ya había advertido la contradicción
entre las instrucciones y el texto del Artículo 6o así como entre ese artículo y
el artículo 2o (según el cual el gobierno británico designaría representantes
para las compras en la Argentina).61 En un telegrama de fecha 9 de septiembre
Sir M. Robertson dice: "El Artículo 6o necesitará por supuesto ser modificado
para adecuarlo al Artículo 2o.62 Y en un nuevo telegrama pidiendo instrucciones
respecto a las negociaciones de los "detalles" pregunta: "¿Quiénes serán
nuestros agentes compradores?".63 En Londres, por otra parte, la prensa se hizo
eco de este punto de vista.64
Para entender el punto de vista del gobierno británico respecto al tema de los
"canales comerciales" es útil analizar las negociaciones iniciadas con el
gobierno uruguayo (recuérdese que la Misión, también debía iniciar tratativas en
Brasil y Uruguay, habiendo viajado algunos de sus miembros a Montevideo en los
días en que Lord D'Abernon permaneciera en Buenos Aires).
El gobierno uruguayo estaba interesado en un acuerdo de intercambio mutuo por 10
millones de pesos uruguayos, en virtud del cual Uruguay compraría material
ferroviario, maquinaria agrícola y otros productos a cambio de la compra por
parte de Gran Bretaña de carne y otros productos ganaderos directamente del
Frigorífico Nacional y de cereales por intermedio del Banco de la República.
El "Foreign Office" comprendió que "... la propuesta tendría el efecto de
dirigir parte del presente intercambio por un nuevo canal. El Ministro ( el
ministro británico en Montevideo) no ha previsto que ésto aumentará el volumen
de productos uruguayos enviados a Gran Bretaña y que existe la posibilidad que
se opongan a ello los establecimientos norteamericanos y británicos (Vestey).
(subrayado por el autor). "...La esencia de la propuesta desde el punto de vista
uruguayo es la eliminación de las ganancias de los intermediarios que permitirá
al frigorífico nacional pagar a los ganaderos mejores precios de los que reciben
de establecimientos extranjeros".65
A raíz de esto el embajador en Buenos Aires se niega a que Yrigoyen se entere
del posible acuerdo con Uruguay dado que, según sus propias palabras: "Como aquí
hemos insistido en que esto último (la compra directa ) es imposible y que
debemos ponernos en contacto con las firmas habituales antes de dejar concluido
el convenio, no me gustaría informar al Presidente antes de conocer la opinión
del gobierno de Su Majestad".66 El gobierno de Su Majestad tomó la decisión de
no continuar con la negociación uruguaya y envió instrucciones al ministro
británico en Montevideo en el sentido de dar respuestas dilatorias en el caso
que el gobierno replanteara la cuestión.
En el interín, las negociaciones en la Argentina se habían estancado mientras el
gobierno británico continuaba con sus consultas. El embajador estaba cada vez
más preocupado por la demora. En un telegrama a Río dirigido a Chalkley - el
Consejero Comercial en Buenos Aires que acompañaba la Misión - dice: "En cuanto
al Convenio todavía estoy esperando la respuesta de Londres a mi pedido de
instrucciones más detalladas. La demora es muy perjudicial y da tiempo a
nuestros competidores para atacar, que es lo que están haciendo".67 El "Foreign
Office", mientras tanto, explicaba que el "Board of Trade" estaba en contacto
con importadores británicos de productos agropecuarios argentinos como la
"Co-operative Wholesale Society, Vestey's y Ross T. Smith ...".68 Robertson
apremia una vez más al gobierno británico para que tome una decisión; "Lamento
tener que presionarlos pero el Presidente no puede entender tanta demora. Está
evidentemente ansioso y ofendido".69 El "Foreign Office" finalmente se pone en
acción interviniendo el mismo Primer Ministro británico quien manda a decir que
"no hay que dejar que se siga prolongando este asunto".70
Las instrucciones ahora enviadas aclaran bien las intenciones del gobierno
británico. Simultáneamente con una serie de ajustes secundarios en varios
artículos, se suprime todo el Artículo 6o y se lo reemplaza por uno nuevo: "El
gobierno del Reino Unido o las personas que designará, en la República
Argentina, adquirirán cereales y otros productos de la Argentina hasta cubrir el
importe del crédito citado en el Artículo 2o ". Y se explica el cambio: "Tal
como lo manifesté en mi tel. No 71 del 6 de septiembre, el gobierno de Su
Majestad no se propone comprar por cuenta propia ninguno de esos productos y las
compras por la parte británica serán realizadas por personas pertenecientes a
empresas comerciales del ramo como parte de sus negocios habituales. Por lo
tanto no podemos comprometernos a que las compras sean realizadas por licitación
o directamente a los productores o a precios no menores que las cotizaciones
oficiales, especialmente cuando se reconoce que los precios de las cotizaciones
oficiales del trigo son precios a término y que son más elevados que los precios
al contado a los que éste se comercia".71
El significado de esto se aclaraba aún más en un memorandum dirigido al "Lord
Privy Seal": "Nos proponemos en realidad utilizar importaciones normales al
Reino Unido de productos agropecuarios argentinos (de los cuales sólo los
cereales y carnes ascienden a 50 millones de libras anuales) como compensación
contra nuevas exportaciones de artículos manufacturados británicos a la
Argentina comprados por el gobierno argentino. Las compras de productos
argentinos ... se realizarán a través de los canales comerciales habituales y no
serán adicionales a las importaciones normales. Comerciantes involucrados en la
importación de carne y trigo de la Argentina han sido entrevistados y se han
comprometido a cooperar (subrayado por el autor). Por un arreglo con dos bancos
británicos interesados en la Argentina, esas firmas permitirán que sus
exportaciones normales de la Argentina al Reino Unido sean consideradas como
importaciones realizadas por el gobierno británico en virtud del acuerdo, siendo
la transacción simplemente un asunto de contabilidad sin que esto pueda redundar
en beneficios ni pérdidas para las firmas y bancos en cuestión".72
Por lo tanto, y a confesión de parte, es inevitable llegar a la conclusión que
la idea de instituir un nuevo "canal" directo en beneficio del productor - como
estaba originalmente redactado el art. 6o. - había sido desechada de partida.
Mientras que, al mismo tiempo, se contraía una obligación de comprar material
ferroviario en el mercado más caro. También es muy clara la intención del
gobierno británico de retener todo el sistema de intereses comerciales en la
región del Río de la Plata que monopolizaba la circulación de los productos del
agro de esos países hacia Europa.

2.5.2. Disposiciones financieras
Pero, ahora, concentremos nuestra atención en los "arreglos financieros" tan
íntimamente vinculados al problema de los "canales comerciales". Tal como se vió
el gobierno británico era de la opinión que "los arreglos propuestos afectaban
sólo el método de pago...".73
Para entender el funcionamiento del método de pago es necesario tener en cuenta
que, como acabamos de ver, las compras por Gran Bretaña en virtud del Convenio
"serían efectuadas por personas pertenecientes a firmas comerciales del ramo
como parte de sus negocios habituales".
Esa circunstancia hacía factible el siguiente método: "... se ha dispuesto que
ciertos importadores tales como la Unión Cold Storage Co., Ltd., Cooperative
Wholesale Soc. Ltd., Manchester, cooperarán afectando un cupo apropiado de sus
importaciones. El Banco Anglo-Sudamericano Ltd. abrirá créditos a favor de
dichos importadores como parte de sus negocios normales e identificará estos
créditos como abiertos a solicitud del gobierno de Su Majestad y los envíos
serán endosados cuando se hagan como prueba para presentar al gobierno
argentino".74 Más aún, "los documentos estarían disponibles para su examen por
parte del gobierno argentino en cualquier momento, como prueba de que se habrían
otorgado los créditos y realizado los embarques".75
Por otra parte "... en lo que respecta a los créditos a ser abiertos por el
gobierno británico para la compra de materiales ferroviarios y de otra clase,
con la aceptación del representante del gobierno argentino de los materiales
para embarque, el gobierno argentino debería poner pesos a disposición de los
bancos designados por el gobierno británico y los Bancos convertirían estos
pesos haciendo inmediatamente las correspondientes remesas de libras esterlinas
al gobierno británico".76 "Este equivalente (las remesas de libras esterlinas
después de cambiar los pesos del gobierno argentino) representaría el crédito a
ser abierto por el gobierno de Su Majestad y con él se realizarían los pagos a
los exportadores británicos".77
La naturaleza unilateral del acuerdo queda, por lo tanto, aún más revelada por
los arreglos de crédito. El gobierno británico no otorgaba en absoluto crédito
alguno, mientras que el gobierno argentino le estaría concediendo uno para
financiar sus propias compras de productos británicos. El "Foreign Office"
comentó: "... sin embargo no tenemos la seguridad que el gobierno argentino la
aceptará (la forma de aplicar la parte financiera del acuerdo) como ajustándose
estrictamente a los términos del acuerdo".78
Por lo tanto, se aconsejó al embajador "que al comunicar el proyecto de acuerdo
revisado podría usted presentar el plan como una sugerencia amistosa en cuanto a
la manera en que debería aplicarse el acuerdo y agregar que el gobierno de Su
Majestad estaría dispuesto a reconsiderar cualesquiera enmiendas o alternativas
que el gobierno argentino pudiera proponer.79 "... es importante que el gobierno
argentino no firme la Convención con dudas sino que comprenda claramente... el
método mediante el cual nos proponemos cumplir con nuestras obligaciones
financieras en virtud del acuerdo. De otro modo podrían hacerse más adelante
cargos de mala fe contra el gobierno Británico".80
Para justificar los acuerdos financieros se manifestaba que "no se giraría sobre
esos créditos (los establecidos por el Convenio) en forma acompasada y que por
lo tanto podrían plantearse entre los dos gobiernos cuestiones complicadas
respecto a tasas de interés y tipos de cambio".81


2.6. Nuevas negociaciones sobre los "detalles" y la firma del
Convenio


El nuevo texto del Convenio junto con los arreglos financieros propuestos fueron
enviados el 1o de octubre al Ministerio de Relaciones Exteriores argentino. Las
negociaciones quedaron detenidas por unas semanas. Como explica el embajador las
cosas quedaron "algo demoradas" debido, en primer lugar, al hecho que el
Presidente tenía en estudio el Mensaje al Congreso para solicitar se sancionara
el Convenio y en segundo lugar a que un amotinamiento del cuerpo de bomberos
"atraía la exclusiva atención del Presidente".82
En el mismo telegrama Robertson solicitaba autorización para firmar el Convenio
enmendado y dejar que los detalles de su aplicación fueran resueltos
posteriormente por expertos financieros. Preveía demoras interminables de no
procederse de esta manera.83 La ratificación del Congreso Argentino parecía ser
necesaria y los arreglos financieros la habían tornado indispensable.84
El embajador continuó solicitando autorización para firmar y anunció su propia
renuncia diciendo: "... las largas demoras en contestar a mis telegramas
comprometen el Convenio y otros asuntos". Y sigue: "Me parece algo dudoso que el
"Treasury" pueda tomar alguna posición sobre la cuestión de los créditos
distinta a la mía".85 En ese caso Sir M. Robertson se equivocaba en suponer que
el obstáculo en ese respecto, que surge de la actitud del "Treasury", podría
dejarse de lado.86
El "Treasury" estaba preocupado por varias cuestiones que se analizaron y
discutieron en distintas reuniones interministeriales en Londres. Sus objeciones
contra el procedimiento de aprobación previsto eran: "...(1) la dificultad que
entraña el hecho de encontrar tiempo parlamentario libre para una legislación
eventual; (2) el acuerdo no estipula que deberían aplicarse iguales tasas de
interés a los créditos de cada país; (3) la posibilidad de (a) una depreciación
de la moneda argentina y (b) la prohibición de exportar oro por parte de la
Argentina podría ocasionar pérdidas financieras para el gobierno de Su Majestad.
Las opiniones de otros departamentos del gobierno británico sobre esos asuntos
coincidieron en que no podía anticiparse ninguna dificultad respecto al punto
(1); que el punto (2) se podía solucionar incluyendo en el acuerdo la
estipulación necesaria; que podían hacerse fácilmente arreglos para evitar
cualesquiera pérdidas del tipo de las previstas en (3) (a) y que la acción
sugerida en virtud de (3) (b) constituiría, en la medida que afectara el
acuerdo, una violación del mismo por parte del gobierno argentino y que podría
reclamarse con éxito como tal.87
Se envió entonces un telegrama a Robertson pidiéndole que postergara su partida
de Buenos Aires - de regreso a Gran Bretaña - e informándole que seguiría una
respuesta con instrucciones al día siguiente aunque "quizá sea necesario agregar
algo al proyecto de acuerdo respecto al cobro de intereses".88 En el mismo
telegrama se pedía a Robertson que sondeara al Presidente Yrigoyen para saber
hasta dónde aceptaría el nuevo texto del convenio y el funcionamiento de los
arreglos financieros tal como figuraban en los tels. 81 y 82. Robertson contestó
que "debido al caos que reina en todos los Departamentos del gobierno no se ha
enviado ninguna respuesta (a su nota al Ministerio de Relaciones Exteriores
Argentino del 1o de octubre). Dudo que el Presidente los haya entendido (los
arreglos financieros propuestos) mejor que yo. Consulté con el Sr. Young, el Sr.
Meynell y el Presidente del Banco de la Nación Argentina, pero ninguno de ellos,
por lo que pude colegir, parecieron poder apreciar exactamente lo que se quería,
cuál era la dificultad o los riesgos que podría correr el gobierno de Su
Majestad".89
El 31 de octubre, finalmente, después de una audiencia con Yrigoyen, el
embajador estuvo en condiciones de informar que se había aceptado el nuevo texto
del Convenio. Sin embargo, no se habían mencionado los arreglos financieros y,
al mismo tiempo, Yrigoyen había hecho un nuevo planteo: "Desea limitar nuestras
compras en virtud del Convenio a cereales y excluir la carne".90
¿Cuáles eran las razones de esta nueva exigencia? "De otra manera piensa que el
Congreso inevitablemente indicará que todas las exportaciones de carne van en
igual forma a Inglaterra y que la República Argentina no obtiene ningún
beneficio de ello".91 A último momento Yrigoyen estaba intentando corregir el
carácter unilateral del acuerdo. El temor de no lograr suficiente apoyo en el
Congreso lo había llevado a tratar de aparentar que favorecía en mayor grado los
intereses agrícolas que los ganaderos. En realidad, como hemos visto, ninguno de
los dos se vería favorecido.
El nuevo pedido de Yrigoyen en el sentido de limitar el acuerdo sólo a los
cereales no era demasiado fácil de satisfacer. "La modificación sugerida por el
Presidente inevitablemente impone que se estudie y se hagan averiguaciones
aquí..." dice un telegrama enviado inmediatamente y a continuación explica: "Las
dos posibles dificultades residen: (1) en que el suministro de cereales sea
irregular si fracasan las cosechas, mientras que el suministro de carne es
continuo; y (2) en que el comercio de cereales con el Reino Unido está casi
totalmente en manos de firmas extranjeras."92
Más aún, la objección inicial que había interpuesto el "Treasury" contra la
firma seguía en pie. Aparte de algunos problemas de "descalce" de intereses, de
no acordarse lo que se había previsto, por parte del gobierno británico pero sin
confirmación explícita del gobierno argentino, sería necesario en Gran Bretaña
prever realmente la concesión de un crédito lo que, por añadidura, haría
necesario una ley del Parlamento.93
Si alguna aclaración adicional es necesaria acerca del carácter de autopréstamo
del crédito para la compra de material ferroviario. se puede recurrir a lo que
explica H.O. Chalkley: "He identificado la causa de la mayoría de las demoras y
dificultades como proveniente de la idea primitiva de Gran Bretaña que el
gobierno de Su Majestad mismo, por intermedio del Banco de Inglaterra, habría de
abrir o garantizar el crédito, medida que necesariamente involucra legislación.
La disposición del gobierno de Su Majestad de hacerlo, si fuera necesario, es
extraordinariamente gratificante, pero no había previsto ni tenido la esperanza,
por lo que sabía en Buenos Aires, que el gobierno de Su Majestad tuviera que
llegar a esto. Por lo tanto, dejé expresamente sentado al redactar la Claúsula 1
que el "gobierno de Gran Bretaña dispondría lo necesario para que un crédito sea
abierto en contraste con la Cláusula 2 que manifiesta que el "gobierno argentino
tomará las medidas del caso para abrir un crédito" (subrayado por el autor).94
Además, se proponían algunas modificaciones al Convenio para evitar pagos de
intereses desacompasados y para prever la forma de entrar en vigor (ver nuevos
artículos 5 y 10 y leves modificaciones a los arts. 1 y 2) que de aceptarse
permitirían al gobierno británico autorizar su firma.95
En una entrevista después de recibir estas nuevas instrucciones el embajador
consiguió que el Presidente diera su aprobación a varios temas. Primero -
informa Sir Malcom Robertson - "ha dejado de lado su propuesta de limitar
nuestras compras a cereales... y acepta nuestra seguridad de que haremos todo lo
posible por dar prioridad a los cereales". Segundo, en lo que respecta a los
arreglos sobre aplicación: "El Presidente, que ha conducido las negociaciones
sólo conmigo, no los comprende realmente y no consultará con nadie más" pero
informa que se han logrado poner de acuerdo en lo que planteara el gobierno
británico.96
Aunque urgiendo al gobierno británico a autorizarlo a firmar el convenio con un
nuevo artículo sobre ratificación - que lo hace totalmente simétrico en lo que
respecta a los procedimientos internos en cada uno de los dos países - el
embajador agrega: "El Presidente me dijo con cierta emoción que no hubiera
aceptado firmar un convenio de este tipo con ningún otro país que no fuera el
nuestro, sino después de un examen sumamente cuidadoso de cada detalle. Sentía
plena confianza en nuestra probidad y sabía que le jugaríamos limpio" (subrayado
por el autor).97 Después del examen al que hemos sometido el acuerdo, no parece
que la confianza de Yrigoyen haya sido precisamente bien depositada.
El gobierno británico prestó, finalmente, su acuerdo a las modificaciones
conversadas entre Sir Malcolm y el Presidente.98 Y el 8 de noviembre el Convenio
era firmado por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el embajador
británico. La presentación al Congreso iba a tener lugar inmediatamente.99 El
gobierno Británico recibió la noticia con gran satisfacción como expresión de
"una nueva modalidad en las negociaciones comerciales. Al mismo tiempo no deja
de tomarse en consideración que los defensores de la "Preferencia Imperial"
habían formulado críticas al Convenio (para el texto final del Convenio véase el
Anexo III).100


2.7. Negociaciones posteriores a la firma del Convenio: los "detalles"
financieros


Nuevas rondas de consultas, sin embargo, fueron necesarias para aclarar las
dificultades que planteaban los arreglos financieros. Seguía en pie la
posibilidad, por parte británica, al igual que del lado argentino, de tener que
otorgarse créditos, lo que hubiera hecho necesario obtener la aprobación de los
respectivos parlamentos. En esas consultas participaron, primero, el mismo
embajador - antes de su regreso a Gran Bretaña - en diálogo con Yrigoyen y,
después, autorizados por éste, Botto - el Presidente del Banco de la Nación
Argentina - y dos funcionarios de bancos británicos en Buenos Aires.101 Se
discutió un primer proyecto de ley muy detallado que sería enviado al
Congreso.102 Pero la propuesta detallada "era de naturaleza tan categórica que
seguramente provocaría violentas críticas en el Congreso". Por lo tanto, el
Presidente del Banco de la Nación decidió más tarde substituirla por una
declaración muy breve que "se limitaba a aprobar el Convenio en su forma actual;
autorizaba al Banco de la Nación a otorgar un crédito extraordinario de cien
millones de pesos, moneda de curso legal al gobierno argentino, para poner en
aplicación el Convenio y dejaba expresamente la decisión sobre el método de
ejecución a cargo del Banco de la Nación".103
Las ventajas de ese nuevo procedimiento eran que "la relativamente inocente
apariencia de la Ley facilitaría su rápido paso por el Congreso" y más aún en
una audiencia con Yrigoyen el viernes 15 de noviembre se había dispuesto que
deberían incorporarse todas las disposiciones del primer proyecto de ley en una
nota a esta embajada (la británica)".104
En una segunda ronda de consultas los expertos británicos y Botto se pusieron
plenamente de acuerdo.105 Y aquellos le explican, por separado, su
interpretación del acuerdo al encargado de negocios británico. Aunque esas dos
versiones difieren en cierta forma, ambas se reducían esencialmente al hecho que
el crédito a ser otorgado a la Argentina resultaría del producto líquido en
esterlinas de las letras descontadas por el Banco de la Nación a bancos
británicos.106 La confirmación de esta opinión sobre los arreglos financieros
propuestos puede obtenerse del informe del encargado de negocios sobre la
opinión de Botto. "El Presidente del Banco de la Nación insistió en que su
interpretación era extraoficial y la había hecho como una cortesía; también, que
ningún banco de Londres otorgaba efectivamente un crédito y sí el Banco de la
Nación.107
Más aún en una nota interna del gobierno británico al comentar esas
negociaciones se manifiesta: "... aparte de los detalles las nuevas propuestas
argentinas se aplican o pueden aplicarse fácilmente en forma bastante
satisfactoria. Si el gobierno argentino cumple totalmente con su parte y podemos
asegurarnos no tener que poner de nuestra parte dinero en efectivo alguno ¿qué
cabría objetar?. El Banco de la Nación Argentina prestará pesos al gobierno
argentino; los importadores británicos se harán cargo de esos pesos y los
canjearán por letras de cambio en libras esterlinas. El producto de las
esterlinas será pagado por el Banco de la Nación a una cuenta en Londres y sobre
esa cuenta los Departamentos del Estado Argentino girarán en pago del material
ferroviario, etc.".108
Sin embargo, el texto de las propuestas detalladas había sido encontrado todavía
insatisfactorio por el gobierno británico. Es que al intervenir el Banco de la
Nación Argentina se desviaban transacciones de cambio altamente redituables de
los bancos comerciales británicos y, tampoco, se confiaba en lo conveniente de
los tipos de cambio que surgirían.109 Se supo que un cierto Sr. Wells, Director
Gerente del Banco Anglo-Sudamericano, viajaba a Buenos Aires. Se decidió que
debería gestionar ventajas para los bancos británicos y que como estaba
familiarizado con las negociaciones de Londres, ayudaría a establecer los
acuerdos definitivos. En particular, se sugirió al encargado de negocios
británico que "con la ayuda del Sr. Wells tratara con el Banco de la Nación si
las compras de esas divisas por el Banco de la Nación en el mercado libre no
podían completarse, hasta llegar al monto total requerido en virtud del acuerdo,
con compras hechas por bancos británicos...".110
El Sr. Wells redactó una nueva propuesta que fue presentada oficialmente al
Ministro de RREE y al Presidente en febrero de 1930 y comunicada a Londres.111
Pero no se obtuvo respuesta ni del gobierno británico ni del argentino. En este
caso, en realidad, parecía más decisivo asegurarse la ratificación del Convenio
que, como veremos más abajo, había sido aprobado por la Cámara de Diputados pero
esperaba su sanción en el Senado. El nuevo embajador británico - Sir Ronald
Macleay llegado a Buenos Aires en junio de 1930 - decidió consultar al Consejero
Comercial y solicitar nuevamente a su gobierno que se decidiera en cuanto a qué
procedimiento financiero era el más conveniente de modo de estar preparados si
es que, súbitamente, el Senado decidiera aprobar el Convenio. Para ello remite
la opinión de Chalkley y una vez más de Meynell. Las propuestas, en particular
la de Meynell, una vez más, tratan de asegurar el máximo de negocios para los
bancos y las empresas comercializadoras británicas pero, sobre todo, revelan una
vez más que el gobierno británico no se proponía conceder crédito alguno.112
Pero, lo más importante, la ratificación del Convenio, es lo que fracasó.



2.8. La aprobación del Convenio en Diputados y la parálisis del
Senado.


Mientras continuaban las conversaciones acerca de los arreglos financieros,
Yrigoyen decidió a fines de noviembre de 1929 - previo cuidadosos y discretos
preparativos - enviar el Convenio al Congreso para su ratificación. El proyecto
de Convenio "...tan sencillo y tan extraño a todo resguardo propio que por su
simple lectura da la medida de la sinceridad que lo anima" entró en la Cámara de
Diputados el día 21 de noviembre, fue girado a la Comisión de Presupuesto y de
Hacienda el día 4 de diciembre, para obtener despacho favorable el día 11 de
diciembre.113
Tanto en la Comisión como en el recinto la discusión fue apurada por el bloque
yrigoyenista mayoritario sin dar oportunidad a la oposición, sea de derechas o
de izquierdas a estudiar el asunto. El debate se produjo literalmente entre
"gallos y medianoche" del 12 al 13 de diciembre y el proyecto consiguió ser
aprobado por mayoría.114 "La forma y la perfección del logro constituye prueba
cabal del poder del Presidente cuando éste es ejercido" comenta el encargado de
negocios británico.115
El Ministro de Relaciones Exteriores polemizó con algunos de los diputados que
formulaban objecciones para, sin ofrecer ninguna argumentación detallada,
terminar afirmando como todo justificativo: "...tenemos con el pueblo inglés una
grave deuda moral que nos es grato confesarla (subrayado por el autor). En forma
análoga se expresó el miembro informante, diputado Juan Carlos Vásquez: "No
podemos olvidar...que Inglaterra ha contribuído y sigue contribuyendo en forma
intensa al progreso incesante de nuestra República...ni tampoco podemos
desconocer que las dos industrias madres de esta tierra tienen su principal
adquirente en el mercado inglés. Todo ello ha influído en la conciencia de los
diputados de la mayoría...el comentario de la ventajas que ofrece el
proyecto...estaría de más...".116
El primer participante en el debate lo fue el diputado conservador por Tucumán
de la Vega. De la Vega se quejó del procedimiento apurado y de la falta de
información. Centró su crítica en la autorización de un crédito de gran volumen
y propósito incierto del Banco de la Nación Argentina al gobierno nacional y a
la posibilidad que las compras de material ferroviario se hicieran sin
licitación previa. Terminó diciendo que en estas condiciones le era imposible a
su bloque pronunciarse positivamente, sin dejar, al mismo tiempo de afirmar que
su negativa "...nada tiene que ver con la cordialidad y el respeto que debemos
al pueblo y al gobierno de la Gran Bretaña, cimentado después de vinculación
secular en el orden de los intereses materiales y morales...". De la Vega, sin
embargo, sin poder obtener una respuesta satisfactoria de Oyhanarte - el
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto - con respecto al procedimiento de
ratificación en Inglaterra, no dejó de subrayar que "...parece que el acuerdo
favorece de una manera notable los intereses de Gran Bretaña".117
Por los socialistas tomó la palabra el diputado Enrique Dickmann que, también,
se pronunció en forma extremadamente favorable con respecto a Gran Bretaña, para
añadir que en esos momentos, al haber allí un gobierno laborista, se sentían
particularmente identificados con el mejoramiento de las relaciones de todo tipo
entre los dos países. Gran Bretaña fue visualizada como la campeona del libre
comercio, como el mercado fundamental para la producción argentina y como la
cuna de la democracia. Pero, afirmaba Dickmann, el Convenio se trataba de una
cuestión estrictamente comercial que debía ser debatida en ese terreno. "Y como
operación comercial es evidentemente una mala operación para nosotros",
adelantaba el diputado socialista.118 Y, prácticamente, terminaba diciendo que
en el convenio se mezclaban asuntos de suma importancia que iban desde una
autorización al Banco de la Nación a otorgar crédito, a los FFCC del Estado a
comprar materiales por una suma importante y al Poder Ejecutivo a eludir las
disposiciones de la contabilidad pública, "todo esto por puro quijotismo, por el
deseo de ser gratos a una delegación...pero no al extremo tal de permitirnos
aceptar ...un negocio que evidentemente resulta demasiado beneficioso para una
parte y demasiado perjudicial para la otra".119
Otro diputado socialista, el Dr. Repetto se sumó a las críticas de su
correligionario. Pero le cupo al diputado socialista independiente Federico
Pinedo efectuar el análisis más exhaustivo del proyecto para oponerse a su
aprobación sin dejar de afirmar, al mismo tiempo que "no puede verse en ello
nada que justifique el concepto de que tenemos en menos las buenas relaciones
con la nación inglesa".120 En realidad, pese a la escasísima información hecha
disponible por el gobierno - de lo que hubo abundante queja - y sin disponer
como el autor de este trabajo de información, hasta ese momento, confidencial,
es notable como loslegisladores de la oposición lograron desentrañar casi todos
los aspectos del Convenio. Todos ellos no dejaron de notar que Gran Bretaña no
se comprometía a nuevas compras y que, en todo caso, los productos argentinos se
vendían en un mercado transparente, a igual precio que los originados en
cualquier otro país. El material ferroviario a comprar en Gran Bretaña, en
cambio, se conocía que estaba bien arriba del precio del que podían suministrar
otros países. Pero los argumentos no eran lo importante. Como diría el diputado
De Tomaso - que también se sumó a las críticas - "la mayoría genuflexa" estaba
dispuesta a votar lo que el Ejecutivo le enviara.121
En el Senado la posición de Yrigoyen era totalmente distinta a la que tenía en
Diputados ya que sus partidarios estaban en minoría. Sin embargo, como lo
observara el embajador de los EEUU, podía contar con el apoyo de los sectores
conservadores que no arriesgarían oponerse a los intereses británicos.122 Para
cuando el proyecto pasó al Senado aprobado por la Cámara de Diputados y se
produjo un primer debate - el día 19 de diciembre - se había producido el cierre
de la Caja de Conversión. La situación económica del país empeoraba
aceleradamente. El Senador del Valle por la provincia de Buenos Aires intentó
darle el mismo tratamiento acelerado que en Diputados. En efecto, mocionó por un
cuarto intermedio para su pase inmediato a comisión con pedido de pronto
despacho para que el cuerpo lo pudiera tratar a la brevedad.
El Senador Bravo -socialista por la Capital Federal - tuvo a su cargo el grueso
de la argumentación contraria en la que repitió lo afirmado en el debate de
Diputados por sus correligionarios. Pero, ahora le tocó al protagonista de la
iniciativa, al Senador Molinari, defender el proyecto. La argumentación de
Molinari se centró en dos puntos. El primero, es que el Convenio redundaría en
la intervención estatal en el comercio exterior la que, en su opinión, era
imprescindible - además que se estaba volviendo habitual en el mundo entero -
para eludir a los pocos monopolios que centralizaban la comercialización
internacional con grave perjuicio tanto para productores como para los
consumidores. El segundo punto que argumentó Molinari es que para juzgar si el
material ferroviario inglés era caro era necesario tener en cuenta su calidad en
comparación con el proveniente de otros países. A su criterio la calidad del
material originado en las fábricas inglesas justificaba plenamente los precios
más altos. Sus argumentos, sin embargo, no contaron con el apoyo sino de una
minoría de los miembros de la cámara.
Llamada que fue a votación la moción de pasar a cuarto intermedio y girarla
inmediatamente a Comisión para su tratamiento a la brevedad, ésta fue derrotada
por 14 a 7 votos.123
El gobierno no quiso quedar atrás e insistió en un mensaje de fecha 17 de enero
de 1930 para que el Senado tratara varios proyectos recibidos de la Cámara de
Diputados, entre ellos, el del Convenio con Inglaterra. Dice el mensaje: "Hay,
entonces, razones económicas, políticas y hasta de cortesía internacional que
aconsejan la pronta sanción del convenio...".
El Senado había aprobado dos votos de censura contra Yrigoyen y durante todo el
año siguiente siguió inmerso en un interminable debate acerca de los diplomas de
nuevos miembros. El clima político además de la situación económica, se
enrarecía progresivamente para paralizar la acción de gobierno y la del Senado.


2.9. La Ley de Aranceles Smoot-Hawley en los EEUU, la campaña por la
"Preferencia Imperial" en Gran Bretaña y la "muerte" del Convenio después
del golpe del 6 de septiembre.


Hacia mediados del año de 1930, enfrentados con una crisis que se agravaba
semana a semana, el Congreso de los EEUU aprobó una nueva ley arancelaria que se
venía discutiendo desde 1928. Se trataba de la denominada Ley Smoot-Hawley y se
caracterizaba por un fuerte contenido proteccionista, en particular, en lo
referente a productos agropecuarios. En el caso que más interesaba a la
República Argentina, consagró el embargo iniciado en 1927 sobre importaciones de
carne fresca o refrigerada desde países - y no ya regiones - afectados por la
fiebre aftosa.124 Adicionalmente, Alemania impuso aranceles más altos y barreras
no tarifarias a algunas exportaciones argentinas. En Gran Bretaña, por otro
lado, arreciaba la campaña por la "Preferencia Imperial" o "Libre Comercio
Imperial" con vistas a la próxima conferencia del "Imperio" a efectuarse en el
mes de octubre. En el gobierno laborista, sin embargo, continuaba habiendo
fuerte oposición a la idea, en particular, de parte de Snowden, el "Chancellor
of the Exchequer" (o sea el Ministro de Hacienda).
Ante esa situación, en la Argentina, los partidarios de la aprobación del
Convenio, en primera línea el diario "La Nación", insistían en la importancia de
aprobar el Convenio para demostrar lo errado acerca de los argumentos a favor de
esas preferencias. Se afirmaba que la posibilidad de firmar acuerdos
"recíprocos" à la D'Abernon constituía de por sí una demostración de las
ventajas que Gran Bretaña podía llegar a tener fuera del "Imperio", en un país
con el que estaba íntimamente asociado y que, "de facto" pertenecía a un área
económica similar a los de ese conglomerado. Para reforzar el razonamiento, ese
diario recordaba que de ponerse impedimentos al comercio de Argentina con Gran
Bretaña, los inversores ingleses serían de los primeros en sentir sus efectos
negativos.125La Prensa, en cambio, utilizaba este último argumento para insistir
en que el famoso desequilibrio en las relaciones entre los dos países que se
manifestara en el abultado saldo comercial a favor de la Argentina no era tal.
Ese saldo no era otra cosa que la otra cara de la medalla de los ingresos por
transporte marítimo y seguros así como por remesas de intereses y dividendos que
percibían los ciudadanos británicos. La Prensa, por lo tanto, no veía razón para
un tratamiento desfavorable por parte de Gran Bretaña, apoyaba la política de
Snowden y sostenía que difícilmente Gran Bretaña pudiera pasarse sin los
productos alimenticios baratos que obtenía en la Argentina.126
Pero el golpe del 6 de septiembre llegó a la Argentina y con él la extremaunción
para el Convenio. A fines de octubre, a menos de dos meses de haber asumido el
nuevo Gobierno Provisional - que así se denominaba a sí mismo - en una
entrevista concedida a periodistas, el Teniente General Uriburu preguntado
insistentemente por el corresponsal del "Times of Argentina" dijo que el
Convenio "estaba muerto". Él y su Ministro de Relaciones Exteriores, además,
explicaron que era un asunto a ser tratado por el Congreso que en ese momento
estaba cerrado. El Ministro adelantó que, de su parte, no había ninguna
objección de principio pero que, en todo caso, sería materia para ser debatida
en un nuevo Congreso después de las siguientes elecciones.127 El embajador en
Buenos Aires, ya en septiembre había llegado a la mismísima conclusión; :
"tenemos un gobierno muy amistoso para tratar pero como el Congreso ha sido
disuelto y las nuevas elecciones no se realizarán por unos cuantos meses me temo
que debemos aceptar que nuestro Convenio de Comercio Recíproco está muerto".128

Anexo I

Bases para un Convenio
(Redactado a raíz de una reunión con Claps el 31 de agosto)
1º. El gobierno de Gran Bretaña dispondrá lo necesario para que se abra un
crédito a favor de los Ferrocarriles del Estado por el equivalente de cien
millones de pesos ($ 100.000.000 m/n) durante dos años, contados desde la fecha
de la firma del presente acuerdo, destinado a la adquisición de material
ferroviario.
2º. El gobierno argentino, a su vez, tomará las medidas del caso para abrir un
crédito por igual suma y tiempo a favor del gobierno Británico para la
adquisición por las partes que pueda designar de cereales y otros productos.
3º. El gobierno argentino o su representante en Londres podrá girar sobre el
crédito citado en el Artículo primero previa entrega de los documentos de
embarque correspondientes para el pago de las facturas de los materiales que
adquiere.
4º. El gobierno de Gran Bretaña o su representante en la Argentina podrá girar
sobre las sumas necesarias para el pago de los productos comprados en el país.
5º. El gobierno argentino o su representante en Londres llamará a licitación a
las fábricas británicas para el suministro de materiales ferroviarios, de
acuerdo con las bases y condiciones que puedan ser establecidas.
6º. El gobierno Británico o su representante en la Argentina adquirirán dentro
de lo posible los productos argentinos directamente a sus productores y a
precios no menores de las cotizaciones oficiales en la fecha de la compra.
(Véase el original - en español - en F0118, expediente 516, 1929.)
Anexo II

Texto del proyecto del Convenio
Artículo 1. El gobierno de Gran Bretaña dispondrá lo necesario para que se abra
un crédito a favor del gobierno argentino hasta la suma de cien millones de
pesos moneda nacional ($ 100.000.000) durante dos años, contados desde la firma
del presente acuerdo, destinado a la adquisición en el Reino Unido de materiales
para los Ferrocarriles Argentinos del Estado y otras reparticiones nacionales.
Artículo 2. El gobierno argentino, a su vez, tomará las medidas del caso para
abrir un crédito por igual suma y plazo a favor del gobierno Británico para la
adquisición, por las partes que pueda designar, de cereales y otros productos
del país.
Artículo 3. El gobierno argentino o su representante en Londres podrá girar
sobre el Crédito del Artículo primero previa entrega de los documentos de
embarque correspondientes para el pago de las facturas de los materiales que
adquiere.
Artículo 4. El gobierno de Gran Bretaña o sus representantes en la Argentina
podrán girar sobre el crédito del Artículo 2 y previa entrega de los documentos
de embarque correspondientes, las sumas necesarias para el pago de los productos
del país que adquiere.
Artículo 5. El gobierno argentino o su representante en Londres adquirirá por
licitación o compra directa de las fábricas británicas los materiales
ferroviarios o de otra clase que necesite, de acuerdo con las bases y
condiciones que puedan establecerse.
Artículo 6. El gobierno Británico o su representante en la Argentina adquirirá
los productos que necesite por licitación o directamente de los productores a
precios no menores que las cotizaciones oficiales en la fecha de la compra.
(Citado en The Times, 11 de septiembre de 1929 y también en los telegramas de
Robertson a Henderson. Nros. 85 y 86, 8 de septiembre de 1929, F0371,
13461[1929]A5967/52/2)
Anexo III

Texto definitivo del Convenio
El gobierno de la Gran Bretaña y del Norte de Irlanda y el gobierno de la Nación
Argentina teniendo deseos de facilitar el intercambio comercial recíproco entre
sus respectivos países, acuerdan mutuamente lo siguiente:
Artículo 1o.- El gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña y del Norte de Irlanda
dispondrá lo necesario para que se abra un crédito a favor del gobierno de la
Nación Argentina, hasta el equivalente en libras esterlinas de cien millones de
pesos moneda nacional ($ 100.000.000 m/n de c/l.), durante dos años, contados
desde la fecha de entrar en vigor el presente acuerdo, destinado a la
adquisición de materiales producidos o fabricados en el Reino Unido y los cuales
hayan sido comprados después de entrar en vigor el presente acuerdo para los
Ferrocarriles Argentinos del Estado y otras reparticiones nacionales.
Art. 2o. El gobierno de la Nación Argentina, a su vez, tomará las medidas del
caso para abrir un crédito por igual suma y tiempo a favor del gobierno del
Reino Unido, para la adquisición por las personas designadas por el gobierno del
Reino Unido, de cereales y otros productos de la República Argentina adquiridos
después de entrar en vigor el presente acuerdo.
Art. 3o. El gobierno de la Nación Argentina o su representante en Londres podrá
girar sobre el crédito citado en el artículo 1o. y previa entrega de los
documentos de embarque correspondientes para el pago de los materiales que
adquiera.
Art. 4o. El gobierno del reino Unido o las personas que designará en la
República Argentina, podrá girar sobre el crédito citado en el artículo 2o. y
previa entrega de los documentos de embarque correspondientes a las sumas
necesarias para el pago de los productos comprados en la república Argentina.
Art. 5o. Es entendido que las sumas retiradas bajo los créditos citados en el
artículo 1o. y artículo 2o. deberán, en lo que sea factible, coincidir en cuanto
a las fechas y los importes y que representantes de cada gobierno trabajarán en
colaboración a fin de asegurar esto y así evitar diferencias en los tipos de
cambio y dificultades sobre interés.
Art. 6o. El gobierno de la Nación Argentina, o su representante en Londres,
adquirirá por licitación o compra directa de las fábricas británicas, los
materiales ferroviarios o de otra clase que necesite, dentro del importe del
crédito citado en el artículo 1o.
Art. 7o. El gobierno del Reino Unido o las personas en la República Argentina
que designará, adquirirá en cereales u otros productos de la República Argentina
dentro del importe del crédito citado en el artículo 2o.
Art. 8o. El gobierno de la Nación Argentina dispondrá, por intermedio de un
representante autorizado, aceptar antes del embarque la entrega de materiales
adquiridos en el Reino Unido previa inspección y revisación de estos materiales
de acuerdo con las especificaciones.
Art. 9o. El gobierno del Reino Unido dispondrá que las personas en la Argentina
designadas por él den por recibido antes de embarcar los cereales y otros
productos a embarcarse bajo estos créditos.
Art.10o. El presente convenio entrará en vigor en la fecha en que ambos
gobiernos de común acuerdo fijen.
Hecho en Buenos Aires en dos ejemplares en los idiomas inglés y español el ocho
de Noviembre de mil novecientos veintinueve.

Malcolm A. Robertson
H. B. Oyhanarte
(Ver este texto eCongreso Nacional, Cámara de Diputados, op.cit.,loc.cit.)


3. Reducción de derechos a las importaciones de artículos de seda
artificial


El Convenio sobre Compras y Créditos Mutuos fue sólo uno de los asuntos que
retuvo la atención de la Misión D'Abernon. En realidad había sido un negocio
decididamente inesperado. También representaba una tentativa más que radical de
apartarse de la práctica establecida en las relaciones comerciales entre
Argentina y Gran Bretaña. La aplicación del principio de "compras recíprocas
globales" - una forma de comercio bilateral de trueque - constituía por cierto
una ruptura total con una tradición de más de cien años de "libre comercio".
Pero, como hemos visto, se había asignado a la Misión, en realidad, una tarea
mucho más compleja: "estudiar las relaciones ... bajo el punto de vista
industrial, comercial y financiero, con miras a un mayor desarrollo en beneficio
mutuo de ambos países". Y, recuérdese que, desde el principio, se había
considerado el tratamiento arancelario, dentro de esas atribuciones, como una de
las materias a ser negociadas con el gobierno argentino.129
Hemos visto que la aplicación del muy heterodoxo principio de "compras
recíprocas globales", en el caso del Convenio, se reducía al otorgamiento de
preferencias a los exportadores británicos en las compras de los Ferrocarriles
del Estado y otras reparticiones públicas. Sin llegar a esos extremos, había sin
embargo en la esfera del tratamiento arancelario otro principio menos ortodoxo
al que podía recurrirse con la finalidad de otorgar preferencias a Gran Bretaña.
Este principio era el de "reciprocidad".


3.1. La política comercial de las grandes potencias y de la República
Argentina en la década de los '20


Para comprender el significado del término "reciprocidad", cuando se lo aplica
al tratamiento arancelario es necesario tener en cuenta el marco dentro del que
se desenvolvía el intercambio comercial en esa época. Regían las prácticas no
discriminatorias de libre comercio. Las barreras arancelarias eran el único
impedimento aceptado para el comercio y la inclusión de cláusulas de la nación
más favorecida en los tratados, que reglamentaban las relaciones entre naciones,
aseguraba la igualdad de tratamiento de cualquier nación con respecto a otra. En
realidad en virtud de una cláusula NMF las preferencias otorgadas a cualquier
país tenían que extenderse a todos los demás con los que se habían firmado
tratados que la incluyera. Habían surgido, sin embargo, discrepancias acerca de
la interpretación de las cláusulas NMF, especialmente entre los Estados Unidos y
Gran Bretaña.
Hasta 1922, el gobierno norteamericano había argumentado repetidas veces que las
facilidades otorgadas a un país determinado a cambio de otras, no creaban una
posición favorecida y que, por lo tanto, no tenían por qué ser extendidas a
terceras naciones en virtud de la cláusula de la nación más favorecida. Desde
este punto de vista, únicamente la concesión de una ventaja "equivalente" daría
derecho a terceros países a gozar de una preferencia. Esta interpretación - la
de la cláusula "condicional" de NMF - permitía que cualquier país negociara
reducciones arancelarias utilizando sus ofertas como un quid pro quo. Pero al
mismo tiempo creaba la posibilidad que otros países ejercieran discriminación
contra ellos. Para una potencia económica joven no totalmente segura de su
capacidad competitiva con respecto a las grandes naciones europeas, la
interpretación "condicional" de la claúsula NMF le permitía obtener acceso
preferencial a terceros mercados, en particular, en las jóvenes naciones de la
América Latina.130
El gobierno británico, por otra parte, había abogado persistentemente por la
llamada forma "incondicional" de la cláusula NMF. En virtud de esa
interpretación las concesiones otorgadas a cualquier país debían ser automática
y gratuitamente extendidas a terceros países. De esta manera se aseguraba en
forma automática la igualdad de tratamiento. Y esto bastaba para una nación que
hasta poco antes estaba confiada en su superioridad y, por lo tanto, no
necesitaba de preferencia alguna.
La aplicación del principio de "reciprocidad" en cuanto a tratamiento
arancelario entre dos países cualquiera, era por lo tanto imposible en virtud de
la interpretación incondicional de la cláusula NMF. Sin embargo veremos cómo el
gobierno británico llegó a aceptarlo, en el caso específico de la Argentina.
Por la parte argentina ya hemos hablado del desarrollo de una campaña a favor de
"comprar a quien nos compra". Esta campaña - iniciada por el embajador británico
y patrocinada por la Sociedad Rural - había conducido a los diputados
yrigoyenistas a presentar un proyecto de ley que aseguraría tratamiento
preferencial a los países que no pusieran restricciones a sus importaciones de
productos argentinos. Se había pensado, evidentemente, en Gran Bretaña y aunque
el Congreso no se pronunció sobre ese proyecto, el Presidente y sus partidarios
sustentaban claramente esa idea.131
De manera que cuando se iniciaron las negociaciones con la Misión D'Abernon la
parte argentina estaba más que dispuesta a echar por la borda el tratamiento
tradicional de nación más favorecida.132 El "Foreign Office" y el "Board of
Trade", en cambio, no vieron con buenos ojos una sugerencia tal. Para el
gobierno británico la defensa de los principios de la no discriminación en el
comercio internacional seguía constituyendo un punto central de su política
comercial.
El problema pasó a un primer plano cuando se empezaron a negociar los derechos a
las importaciones de seda artificial. Cuando se le consultó acerca de los
problemas arancelarios que la Misión podría plantear al gobierno argentino, el
"Board of Trade" expresó la opinión que "... con respecto a la Argentina, el
nivel de los aranceles no constituían un problema serio... mucho más importante
era la posibilidad de obtener del gobierno un compromiso de efectuar en una
fecha próxima una clasificación más razonable en los aranceles aduaneros de la
seda artificial".133


3.2. La cuestión de los derechos sobre los artículos de seda
artificial


Tal como se establece en un Memorandum preparado por el "Board of Trade" el
problema era el siguiente:134
"No se establece distinción en la Ley Argentina sobre Aranceles (Nº 11281) o en
la Tarifa de Avalúo, entre mercaderías de rayón o hechas con rayón por una parte
o las de seda natural o hechas con seda natural por la otra."135
"Sin embargo es bien sabido que peso por peso, el rayón es mucho menos caro que
la seda..." y por lo tanto "... el efecto de la aplicación a las mercaderías de
rayón de derechos específicos que también son aplicables a las mercaderías de
seda, obviamente arroja como resultado la aplicación de un derecho ad valorem
mucho más elevado sobre artículos de rayón que sobre los artículos de seda más
caros. La aplicación más importante de esta discriminación se refiere al
tratamiento de tejidos por piezas mezcla de algodón y rayón..."
En efecto, "el agregado de cualquier cantidad de rayón involucra un derecho
cuatro a siete veces más alto que el cobrado sobre algodones puros y en el caso
de los que contienen 40% o más de rayón (una categoría en la que entra el 50% de
los tejidos mezcla de rayón y algodón exportados por el Reino Unido a todos los
destinos) el derecho asciende a una enorme cifra".136
A raíz de esto el "Board of Trade" argumentó que "no caben dudas que estos
derechos excesivos son la principal causa del volumen restringido de las
exportaciones de telas mezcla a la Argentina".137 La confirmación de esto se
podía encontrar en las cifras de embarques de tejidos por pieza mezcla de
algodón y rayón del Reino Unido a la Argentina en comparación con las
exportaciones a Brasil y Chile donde el tratamiento arancelario para géneros
mezcla tiene una base más razonable:



EXPORTACIONES (1928) DE GÉNEROS POR PIEZA MEZCLA DE RAYÓN Y ALGODÓN




PAÍSHASTA 40% DE RAYÓNHASTA 40% DE RAYÓN40% O MÁS DE RAYÓN40% O MÁS DE
RAYÓN
CantidadValorCantidadValor
lbs.£lbs.£
Argentina124.02358.09416.48610.908
Brasil1.804.102754.016265.102135.493
Chile200.85769.42276.32237.174


El "Board of Trade" argumentó también que los altos niveles arancelarios sólo
servían para fomentar el contrabando. Al parecer el contrabando se realizaba en
gran escala vía la República Oriental del Uruguay.138 En su opinión: "... si se
estableciera un tratamiento más razonable para los géneros por pieza mezcla de
algodón con rayón", la reforma colocaría los derechos "... más de acuerdo con
los derechos porcentuales establecidos por la Ley Arancelaria 11281... afectando
especialmente el intercambio anglo-argentino y permitiendo a los exportadores
del Reino Unido desarrollar un intercambio comercial del cual están excluidos a
causa de los elevados derechos actuales...".139
La República Argentina constituía para Gran Bretaña el principal mercado del
mundo para artículos de algodón.140 Pero, en cambio, las ventas de artículos de
seda artificial lamentablemente habían quedado muy rezagadas.141
La situación de la Industria de la seda artificial en el Reino Unido estaba
lejos de ser segura. La competencia extranjera era muy poderosa y sólo la
existencia de una "revenue tariff" (arancel de sentido impositivo) le permitía
sobrevivir. La expansión de las exportaciones y, por cierto, a un mercado tan
importante como el argentino, se hizo decisiva para su supervivencia.


3.3. Negociaciones iniciales

No bien llegada la Misión a Buenos Aires se planteó ante las autoridades
argentinas la cuestión de los derechos sobre la seda artificial. El 28 de agosto
los integrantes de la Misión se reunieron con el Ministro de Hacienda argentino
y Sir William Clare Lees le presentó un memorandum en referencia con el
problema. El ministro había llevado una breve declaración sobre el particular
pero prometió considerar con atención el memorandum de la Misión.142
En ese memorandum, se sugería al gobierno argentino que reconsiderara la
clasificación de mercaderías hechas con seda artificial total o parcialmente y
estableciera una clasificación especial para este tipo de mercaderías, basado en
el valor relativo entre esos artículos y los artículos de algodón fino...".143 A
raíz de esta presentación, como también de las conversaciones directas que
tuvieron lugar entre D'Abernon e Yrigoyen, el presidente argentino prestó su
asentimiento, en principio, a esa propuesta.144
El asunto fue dejado en manos del embajador británico para que éste lo
negociara. Se abrigaban algunos temores, sin embargo, acerca de la reacción de
los intereses industriales locales.145
En el curso de esas negociaciones, sin embargo, surgieron dos problemas. El
primero, consistía en cómo contemplar la situación de los productores locales.
El segundo, se originaba en la insistencia de parte argentina en restringir la
concesión exclusivamente a los exportadores británicos, para lo que se imaginaba
la posibilidad de alguna concesión "recíproca" de parte de Gran Bretaña.146
Para arreglar el problema con los industriales locales la Misión en Río sugirió
inmediatamente que se restringiera la concesión a las telas por pieza, para
dejar de lado los artículos de punto y las medias, ya que "se entiende que
prácticamente todas las fábricas producen solamente estos artículos".147
La sugerencia de otorgar abiertamente una preferencia a los productos
provenientes de Gran Bretaña, en cambio, tropezó con una fuerte oposición de
parte del gobierno de este país. Ya se ha mencionado que su política, conforme
había sido fijada por el "Board of Trade", era oponerse por todos los medios a
cualquier forma de tratamiento preferencial.148 La justificación en este caso,
sin embargo, era que la sugerencia de Robertson constituía "meramente el
resultado de un decreto dando preferencia en la Argentina a productos de países
que no ponían restricciones a la importación de mercaderías argentinas. En la
práctica, este país es, por supuesto, el único al que puede aplicarse esto; pero
mientras que no se mencione específicamente a este país en el decreto, no creo
que ningún otro país podría lógicamente objetarlo".149
De esta forma se había encontrado la manera de tranquilizar la conciencia sobre
los principios del "libre comercio" aunque sin dejar de aceptar, en realidad, un
tratamiento preferencial para Gran Bretaña, dado la insistencia de la parte
argentina.150
Pero restaba en pie una dificultad, a saber, la ausencia de derechos sobre la
casi totalidad de los productos de exportación argentinos, lo que impedía
efectuar una concesión "recíproca".151 A falta de cualquier concesión específica
que el gobierno británico pudiera ofrecer, Robertson desistió de su sugerencia
que la concesión argentina pudiera fundarse en la libre entrada de productos
argentinos en Gran Bretaña para proponer otra solución. En sus propias palabras:
"... los derechos pueden reducirse sin la intervención del Congreso pero sólo
como resultado de algún tipo de convenio o también de una declaración oficial de
nuestra parte que pudiera ser incluida en el decreto del Presidente". En opinión
del embajador bastaría una nota oficial británica que aseverara que era su
política el no imponer derechos ni restricciones algunos a las importaciones de
carnes y cereales desde la Argentina.152
Mientras tanto el alineamiento de fuerzas se hacía más claro en la Argentina. La
Unión Comercial Argentina - una organización comercial en la que los
importadores estaban fuertemente representados - había presentado un pedido "con
referencia a los numerosos casos de intento de contrabando en la importación de
seda que han sido descubiertos últimamente. Las medidas propuestas por la
institución incluían:
Reducir los derechos aduaneros sobre la seda estableciendo clasificaciones
distintivas entre seda natural y seda artificial.;
Disponer que en ningún caso los derechos o impuestos sean más altos que los
que se gravan en la vecina República del Uruguay".153
A la campaña por el otorgamiento de reducciones arancelarias se sumaba El Mundo,
que como hemos visto había tomado una actitud a favor de los intereses
británicos. En efecto, este diario decía el 5 de noviembre: "La reducción de los
aranceles aduaneros será la única medida efectiva contra el contrabando de
seda".
Para mayor angustia del embajador - ver el suceso análogo en las negociaciones
del Convenio - el gobierno británico demoró toda una quincena en enviar nuevas
instrucciones. Es que la cuestión del tratamiento preferencial continuaba
alimentando graves dudas en los círculos oficiales británicos. Eventualmente se
autoriza al embajador a ofrecer que podría emitirse un comunicado que "...
tendría la forma de una declaración manifestando que es política declarada del
gobierno de Su Majestad de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte no imponer ningún
derecho ni restricciones de ningún tipo sobre carne o cereales importados en el
Reino Unido, fuera de las que son o pueden ser impuestas en interés de la salud
pública" (subrayado por el autor).154 Pero se condiciona el comunicado a la
seguridad del otorgamiento de concesiones por parte del gobierno argentino.155
Las negociaciones prosiguieron juntamente con las relacionadas con la firma del
Convenio sobre Compras y Créditos Recíprocos. Pero una vez firmado el Convenio
la atención se volcó hacia la cuestión de los derechos sobre la seda artificial.
El 16 de noviembre el embajador - que se embarcaba hacia Gran Bretaña ese mismo
día después de presentar su renuncia - pudo informar que: "... El Presidente me
dijo hoy que estaba dispuesto a firmar inmediatamente el decreto reduciendo los
derechos sobre la seda artificial en un 50%. Eso es el máximo de reducción que
puede hacer el Poder Ejecutivo de acuerdo con la ley. Sin embargo, esperaba
serias críticas de la industria local y de sus opositores políticos. Insistió en
que deberíamos incluir manteca y 'posiblemente fruta' en nuestra declaración.
Espero que será posible satisfacer su pedido. La expresión 'posiblemente fruta'
será suficiente para él. Le señalé que también teníamos nuestras dificultades
desde el punto de vista Imperial y que creía que otorgábamos una preferencia por
lo menos a la fruta en conserva proveniente de los Dominios".156
3.4. La firma del decreto de rebaja arancelaria

Ese mismo día 16 de noviembre, La Época - el órgano extraoficial del gobierno
-publicó el texto completo de un decreto otorgando la reducción arancelaria
solicitada.157
El artículo de La Época menciona, también, explícitamente la declaración
propuesta por el gobierno británico y la sugerencia formulada por Yrigoyen en el
sentido de extender esa declaración a productos lácteos y frutas.
De algún modo, el decreto constituyó una sorpresa para la Embajada Británica.
Tal como lo mencionara el encargado de negocios en su primer telegrama
(recuérdese que Sir Malcolm Robertson había renunciado y partido para Gran
Bretaña de regreso inmediatamente después de su entrevista con el presidente
Yrigoyen): "Es quizás lamentable que el preámbulo contenga la declaración que
esas mercaderías 'no son de seda y por lo tanto no pueden ser incluidas en esta
clasificación' pues puede dar origen a presentaciones en virtud de la cláusula
de la nación más favorecida".158
Pero una cuestión mucho más seria había quedado planteada por el texto del
decreto. El "Foreign Office" no dejó de reparar en él: "¿Se refiere el decreto
específicamente a géneros por pieza de algodón mezcla con seda artificial y
mezclas similares con lana y en este caso, establece alguna proporción en
especial de seda artificial? Si no se hace referencia específica a esos
artículos, ¿cuál sería la posición exacta?".159
De las consultas efectuadas con las autoridades argentinas quedó claro que el
decreto sólo tenía validez para géneros de seda pero con sólo una leve
proporción de otras fibras en tanto que lo que interesaba a los exportadores
británicos era exactamente lo contrario, a saber, géneros de algodón o lana con
hasta una proporción de seda artificial.160
Por lo tanto el decreto no satisfizo los deseos del gobierno británico. Se
realizaron consultas acerca de la publicación de la declaración sobre política
de libre comercio y el "Board of Trade" insistió en presionar al gobierno
argentino a que extendiera los beneficios del decreto a los géneros mezcla.161


3.4.1. La reacción al decreto en la Argentina y en Gran Bretaña
Hemos visto la reacción oficial británica respecto a la firma del Decreto que
reducía los derechos sobre las importaciones de seda artificial. ¿Pero cuál fue
la reacción de otros grupos en la Argentina y Gran Bretaña?
La Época "no tuvo más que palabras de elogio por la medida del gobierno
argentino", informa el encargado de negocios. Y cita del periódico: "El Decreto
fue apoyado fundándose en que en adelante...los productores agrícolas argentinos
tendrán la seguridad absoluta de que no se les aplicará ninguna medida que
dificulte la introducción de sus productos ni ningún impuesto y, como la
industria de la carne obtuvo en el mercado una extraordinaria aceptación,
también será especialmente favorecida la producción de cereales". "Como un acto
de reciprocidad por parte de nuestro país y como constituye una medida justa y
lo ha solicitado el embajador británico, se adoptó la decisión de reducir en un
50% los derechos a la importación de seda artificial...".162
Pero otros periódicos estuvieron lejos de mostrarse tan entusiasmados como La
Época. En un artículo de fondo fechado el 29 de noviembre La Nación lanzó un
enérgico ataque al Decreto. En opinión de este diario la justificación del
decreto se encontraba en el hecho que la seda artificial era algo diferente - y
de un costo decididamente inferior - a la seda natural. Y que no se entendía,
por lo tanto, la necesidad de una "reciprocidad" con el gobierno británico. Por
añadidura, "La Nación" se hacía eco de comentarios provenientes de Londres en el
sentido que la declaración a ser emitida por el gobierno británico no constituía
compromiso alguno y que, por lo tanto, no constituiría una justificación para la
rebaja de aranceles efectuada por la Argentina.163
¿Cuáles eran esos informes que según La Nación se habían originado en Londres?
El asunto del decreto argentino fue bastante ventilado tanto en los diarios
británicos como en la Cámara de los Comunes. Los ataques a la política del
gobierno británico provenían principalmente de dos direcciones. Un primer grupo
de críticos tomó la defensa de los productores agropecuarios del país. Otros, se
hicieron portavoces de los intereses de los "Dominios", socios en potencia de
Gran Bretaña en una política de "Preferencia Imperial" que hasta ese momento no
había conseguido el apoyo del electorado británico.
Del debate público pero, sobre todo, de las respuestas de los ministros del
gobierno en el Parlamento surge claramente que la declaración a ser emitida
constituiría un enunciado de la política del momento pero de ningún modo la
intención del gobierno británico en el sentido de no imponer restricciones al
ingreso de cereales y carne provenientes de la República Argentina. Se trataba
de una simple constatación de los hechos hasta ese momento.164
Mientras tanto en Buenos Aires se difundían rumores que el gobierno británico
estaba presionando al argentino para que extendiera las concesiones otorgadas en
virtud del Decreto.
La Unión Industrial Argentina -organización que agrupaba a casi todos los
industriales locales- emitió una declaración en la que se decía que "... en el
mercado circulan versiones que algunas firmas importadoras, interesadas en que
esa franquicia sea ampliada están haciendo activas gestiones para que el Poder
Ejecutivo extienda el privilegio acordado a estos (géneros mezcla) y a otros
renglones de la manufactura textil".165
Mientras los fabricantes locales se oponían a la reducción per se, "Estados
Unidos, Francia, Alemania, Italia y también Bélgica, Holanda y Suiza hicieron
presentaciones a fin de conseguir también para sí la reducción acordada por
decreto. Las cuatro grandes potencias basan su reivindicación en tratados
"incondicionales" de nación más favorecida..." informaba el encargado de
negocios británico. Y sigue: "Los Representantes fueron informados que una
comisión argentina de jurisconsultos estaba estudiando el asunto y se entiende
que su decisión puede ser favorable a las reivindicaciones formuladas".166
Es en este contexto en el que llegaron las instrucciones de Londres que se
mencionaran a fines de la sección anterior por las que el gobierno británico se
negaba a publicar la declaración sobre su política de libre comercio a menos que
el gobierno argentino extendiera la reducción de los derechos a géneros mezcla.
Como lo declaró el encargado de negocios: "Para describir la atmósfera local
puede decirse que, asediado por todos esos reclamos rivales el César argentino,
al recibir la comunicación inminente de sus amigos favorecidos, esto es, el
gobierno británico, pensará, si no exclama, "et tu Brutus"!!.167 Temía que la
línea dura, adoptada por su gobierno, hiciera peligrar los sentimientos
generales amistosos y, en particular, la ratificación del Convenio D'Abernon y
las negociaciones sobre la concesión de la construcción de líneas subterráneas a
la Anglo-Argentine Tramways".168 Para salir adelante, el representante británico
instaba a su gobierno a hacer varios ofrecimientos. Sobre todo, proponía,
extender el alcance de la declaración propuesta para que incluyera manteca y
frutas.169
Pero mientras tanto, en Londres los que se oponían al acuerdo con la República
Argentina habían cambiado de argumento. Ahora se criticaba al acuerdo diciendo
que como Argentina debería extender sus beneficios a otras naciones éste no
constituía ninguna ventaja para Gran Bretaña. Cuestionados en el Parlamento los
ministros del gobierno reiteraron que Gran Bretaña no estaba buscando
preferencias.170 Pero también insistieron en que la reducción, aunque no
preferencial con respecto a otros países, era de por sí válida.171
En Buenos Aires el representante británico mantuvo una nueva entrevista con el
Presidente y trató de explicar los motivos de la negativa del gobierno británico
a emitir la declaración.172 Y, finalmente, el gobierno británico decide aceptar
la extensión de la declaración para incluir manteca y fruta fresca. Pero,
también, al mismo tiempo, aclara que no se habrá de exigir ningún privilegio en
relación con otros países.173
De ahí en adelante el asunto se mantuvo tranquilo durante el resto del año 1929.
Mientras tanto nuevas declaraciones formuladas en Londres ayudan a entender el
verdadero carácter del acuerdo.
Frente a los renovados ataques de los paladines de la campaña de la "Preferencia
Imperial", que demostraban no haber comprendido bien el convenio, los
protagonistas principales se vieron obligados a formular declaraciones bastante
indiscretas sobre los acuerdos concluidos con la Argentina.
Fue así que en un discurso pronunciado durante una comida oficial ofrecida en
honor de los representantes diplomáticos de los tres países sudamericanos
visitados por la Misión, Lord D'Abernon, después de atacar a los que pensaban
que existía cierta incompatibilidad entre la expansión del comercio imperial y
el extranjero, continuó diciendo: "Un aspecto de la controversia que merece
atención es lo beneficioso que podría resultar para nuestras negociaciones con
países extranjeros el hecho de saber que tenemos la posibilidad de restringir
nuestro terreno de compras a menos que recibiéramos un tratamiento favorable.
Hasta ahora la campaña sobre 'Libre Intercambio Imperial' ha sido beneficiosa
para la posición inglesa en América del Sur. Ha hecho evidente para todos que el
vasto mercado inglés no está inmutable ni eternamente abierto a todas las
mercaderías extranjeras, sin consideración del tratamiento que reciben las
mercaderías inglesas".174 La amenaza potencial de la Preferencia Imperial había
conducido a la curiosa situación descripta por Sir Malcolm Robertson a su vuelta
a Inglaterra. "Pienso" - dijo Sir M. Robertson - "que es la primera vez que
sacamos provecho de nuestra posición política de libertad de comercio en este
aspecto (el de la reducción de los derechos sobre la seda artificial)".175
Pero quedaría a cargo de un miembro del gobierno británico la aclaración plena
que la concesión otorgada por el gobierno argentino no tenía una adecuada
contrapartida. En la sesión de la "House of Commons" del 24 de diciembre, tuvo
lugar el siguiente intercambio de opiniones: El Sr. Wise pregunta: "Puedo
entender que no hay nada en esta declaración que pudiera impedir a este país que
coloque bajo el control nacional sus importaciones de trigo y carne?" El Sr.
Graham - Presidente del "Board of Trade" - contesta: "esto plantea un problema
mucho mayor para el que sería necesario se me preguntara con suficiente
antelación, pero puedo decir esto, que en mi criterio, no hay nada en esta
declaración o en lo que se propone, que impida a esta Cámara o a este país tomar
medidas en la dirección que elija" (subrayado por el autor).176 Como comentaría
más tarde un funcionario del "Foreign Office": "Ésta (la declaración) no es más
que un simple enunciado de hecho. No nos compromete de ninguna manera en cuanto
a lo que puede ser nuestra política futura..."(subrayado por el autor).177


3.5. La entrada en vigor de las rebajas arancelarias y negociaciones
adicionales


Con el fin del año llegó el momento en que el Decreto entraría en vigor. Se
presentaban dos problemas. El primero que, como hemos visto más arriba, el
interés fundamental de los exportadores británicos se refería a los géneros
mezcla de algodón y/o lana con seda artificial y no a los de pura seda como se
preveía en el Decreto. El segundo era si la rebaja arancelaria iba a ser
extendida, bajo la claúsula "incondicional" de NMF, a varios otros países
europeos. Esta doble ampliación de las consecuencias del Decreto iba mucho más
allá de lo que Yrigoyen jamás hubiera imaginado y podía llegar a suscitar una
violenta oposición de sectores proteccionistas. Ante estas circunstancias se
optó por "suspender" los efectos del decreto.178
El gobierno argentino había quedado atrapado en una situación altamente difícil.
O liquidar, al menos a juicio de muchos, la industria existente. O desilusionar
a aquellos a los que precisamente se había querido favorecer, esto es, a los
intereses británicos.179 Y el representante británico observa: "... a su
criterio (del Presidente) el decreto constituía una demostración de amistad
hacia Gran Bretaña".180 Y, en los días siguientes, reitera: "La indudablemente
difícil y aquí criticada posición en la que se encuentra fue debido a su deseo
de otorgar un privilegio exclusivo a Gran Bretaña".181
El gobierno británico decide reiterar su interés en las rebajas arancelarias a
cambio de la publicación de la declaración que ya hemos mencionado y que hemos
visto no involucraba compromiso alguno.182 Pero insiste en que esas rebajas
deben incluir los géneros mezcla.183 En cambio, desalienta toda idea de
oposición a que las rebajas se extiendan a los productos originados en otros
países por acción de la claúsula "incondicional" de NMF.184
Ante el pedido británico el gobierno argentino manifiesta, nuevamente, su deseo
de solucionar al asunto pero observa que si bien se pueden incluir los géneros
mezcla con algodón se debería excluir los géneros mezcla con lana ya que existe
una industria local de peso en este último caso.185
Mientras tanto se ejercieron a este respecto muchas presiones desde afuera de
las esferas del gobierno. Primera y principal, la Cámara de Comercio Británico
había hablado con la Embajada y luego con el Presidente insistiendo en que la
reducción de derechos debía aplicarse en forma sencilla.186
Pero la actuación de la Cámara Británica sólo provocó severas reacciones por
parte de los intereses industriales y los periódicos. Como informa el encargado
de negocios "... la actitud de la Cámara de Comercio no ha resultado
satisfactoria y ha colocado al gobierno en una situación más difícil que antes
volviendo a concentrar la atención sobre todo el asunto y dando lugar a una nota
de protesta al Presidente por parte de la Unión Industrial Argentina en apoyo de
su nota anterior...".187
En realidad, los periódicos de Buenos Aires habían comprendido claramente,
ahora, el significado del trato propuesto, cosa que provocó severas críticas de
su parte. Tanto La Nación como La Prensa observaron que Gran Bretaña no estaba
haciendo ninguna concesión recíproca por cuanto la entrada libre de derechos era
una política que ya estaba establecida y más aún que se aplicaba a todos los
países. Y la finalidad original de otorgar una preferencia a Gran Bretaña había
quedado anulada con la aplicación de las cláusulas de Nación Más Favorecida en
tratados concluidos por la Argentina con otros países.188
De cualquier modo la Cámara Británica volvió a la carga y en respuesta a la nota
de la Unión Industrial señaló que aún después de la reducción, los fabricantes
locales seguirían protegidos por un margen de trece pesos. La Unión Industrial,
a su vez, aprovechó la oportunidad para reanudar su campaña a favor de una
revisión drástica de la política comercial. "El Señor Luis Colombo, Presidente
de la Unión Industrial Argentina, aboga ahora, de acuerdo con un reportaje del
Buenos Aires Herald, no sólo por el mantenimiento de los derechos de aduana en
su valor actual, sino que considera que hasta deberían ser aumentados con el
objeto de estimular a las firmas británicas para que establezcan sus industrias
aquí, lo que beneficiaría a este país. El Sr. Colombo sin embargo admitió que
los derechos proteccionistas estaban por el momento protegiendo a una industria
prácticamente inexistente".189 Y el representante británico, alentado por la
campaña de la UIA a favor de una nueva política comercial, se entusiasma, una
vez más, con la posibilidad de obtener preferencias parra los productos
británicos.190
Respecto del proyecto específico de los derechos sobre la seda artificial, una
decisión de volver a adoptar la forma primitiva de las propuestas - una simple
resolución aduanera de carácter administrativo que permitiera distinguir seda
natural de seda artificial - fue adoptada a inspiración del Consejero Comercial,
Sr. Chalkley.191
Simultáneamente - y también a instancias del Consejero Comercial - el
representante británico había sugerido y solicitado instrucciones sobre un
acuerdo arancelario con la Argentina, en virtud del cual el gobierno británico
se comprometería a no imponer derechos sobre ciertos productos argentinos
durante un número especificado de años, a cambio de que se mantuviera en vigor
una concesión respecto a los derechos sobre la seda artificial por el mismo
período.
Todas estas sugerencias fueron violentamente rechazadas por el gobierno
británico.192 En particular, en lo relativo a un acuerdo arancelario se instó al
"Board of Trade" a que aclarara cuál era el significado de la declaración
propuesta que se emitiría a cambio de una reducción de los derechos. "Es
totalmente imposible - dijo el 'Board' en una nota al 'Foreign Office' - llegar
a un acuerdo de ese tipo. La declaración que el gobierno de Su Majestad se
mostró dispuesto a emitir, se refiere íntegramente a su actual política con
respecto a la importación de carne y de algunos productos agrícolas y no está
encaminada en forma alguna a comprometerlo en lo que atañe a su política futura
sobre el particular. Es evidentemente inadmisible que el gobierno de Su Majestad
asuma un compromiso por un período prolongado respecto a su política sobre el
particular...".193
Pero en lo que hace al tema mucho más general del tratamiento preferencial las
propuestas del representante británico en Buenos Aires fueron ásperamente
censuradas por el "Board of Trade".194 "El Board vería con sumo desagrado
cualquier medida, como la sugerida en el parágrafo 8 del despacho del Sr.
Millington Drake (el encargado de negocios en Buenos Aires), destinada a alentar
al gobierno argentino a que denunciara sus tratados comerciales que otorgan a
países extranjeros derechos de nación más favorecidos en cuestión de aranceles
aduaneros. Es difícil anticipar si el gobierno argentino, al embarcarse en una
política de denuncia de los tratados que otorgan el tratamiento de nación más
favorecida a otros países, no se propone a su vez liberarse de obligaciones
similares hacia el Reino Unido. Es verdad que, estrictamente hablando, el
Tratado Anglo-Argentino, que no contiene disposiciones sobre denuncia, no puede
ser terminado por el gobierno argentino sin el consentimiento del gobierno de Su
Majestad. Sin embargo, la idea de tratados perpetuos es incompatible con el
criterio moderno, y si el gobierno argentino demostrara un deseo marcado de
liberarse de las obligaciones contractuales con este país difícilmente podríamos
negarnos a permitir que lo denunciara".195
Pero aunque el gobierno británico no se oponía a su extensión a otros países,
continuaba interesado en obtener la reducción de los derechos sobre la seda
artificial. "Lo que interesa al Board es conseguir que los derechos
extremadamente altos que se aplican actualmente a la seda artificial se reduzcan
a una cifra que pueda poner freno al contrabando de esas mercaderías por otros
países y permitir que los artículos de seda artificial británicos puedan ser
legalmente importados y vendidos a precio razonable en la Argentina, como se
está haciendo actualmente en Brasil donde los derechos son más razonables pero
donde no se otorga a los artículos británicos un tratamiento preferencial".196
Actuando en virtud de esas instrucciones el representante británico tuvo una
audiencia con el Presidente y le presentó un memorandum acorde con esas pautas.
En cuanto a la cuestión delicada de los favores especiales a Gran Bretaña,
explicó que aunque no se había contado con ningún privilegio exclusivo, el deseo
del Presidente de agradar a Gran Bretaña se vio concretado por el hecho que este
producto (la seda artificial) interesaba mucho a los industriales británicos,
tal como una reducción sobre el coñac sería en la práctica favorable para los
industriales franceses. Se ha explicado esta cuestión al Presidente en todas las
oportunidades pero me abstuve de darle una publicidad explícita dado que el
asunto había pasado a ser del dominio público, porque hubiera hecho pasar al
Presidente por tonto y hubiera desalentado por ende a la Cámara de Comercio
Británica (subrayado por el autor)".197


3.6. El golpe militar del 6 de septiembre y la decisión final acerca de
los aranceles sobre géneros de seda artificial
Un prolongado paréntesis se produjo respecto a este problema de los derechos
sobre los géneros de seda artificial. Como se ha visto, la Argentina se veía
envuelta en graves conflictos políticos que resultaron en el derrocamiento de
Yrigoyen, el 6 de septiembre de 1930. En Gran Bretaña los partidarios del libre
comercio y los de la "Preferencia Imperial" seguían debatiéndose respecto a las
relaciones con la Argentina. La crisis mundial iniciada a fines de 1929
comenzaba a ser reconocida como un serio problema. Y en los Estados Unidos el
Congreso, como ya hemos visto, se decidió a promulgar finalmente la largamente
debatida ley arancelaria con un sesgo altamente proteccionista, que fuera
conocida como la ley Hawley-Smoot.
En esas condiciones, el representante británico informa que: "...el Ministro de
Hacienda del Gobierno Provisional" - así se denominaba el gobierno militar que
sucedió al de Yrigoyen - "estudió la cuestión y estaba dispuesto a otorgar una
reducción de los derechos sobre la seda artificial y sus mezclas en la forma
originalmente sugerida al gobierno argentino por la Misión D'Abernon, es decir
que se interpretaría a través de un decreto administrativo, que la partida
"seda" del arancel no incluía "seda artificial" a los fines de imposición de
derecho de importación.198 Y el 19 de diciembre el "Board of Trade" escribió una
nota al Foreign Office sugiriéndole deberían realizarse nuevas negociaciones
basadas en medidas administrativas.199
En el ínterin, sin embargo, el Ministro de Hacienda de la Argentina había
publicado un decreto el 19 de diciembre autorizando a las autoridades aduaneras,
a partir del 22 de diciembre, a realizar una reducción del 50% en los derechos
de importación sobre los tejidos por pieza y artículos de seda y mezclas de
seda, ya sea natural, o artificial, prescindiendo del país de origen.200
El decreto no mencionaba ninguna compensación. Gran Bretaña obtuvo finalmente la
reducción deseada sin haber tenido que dar la más mínima prueba de reciprocidad.

Y este suceso tuvo lugar en medio de una violenta guerra arancelaria de carácter
internacional, desatada por la depresión. En el caso de la Argentina, unos pocos
meses más tarde, el Gobierno Provisional introduciría aranceles sobre productos
que hasta entonces entraban libres de derechos y aumentaría los gravámenes sobre
otros que ya los pagaban. La medida, dictada fundamentalmente por motivos
presupuestarios, estaba especialmente dirigida contra las importaciones desde
los Estados Unidos, como una medida de represalia contra los nuevos aranceles
norteamericanos.
Reducciones permanentes de derechos aduaneros sobre artículos de interés para la
Gran Bretaña y aumentos en las mercaderías que interesaban a los Estados Unidos.
Este es el resultado que puede deducirse, desde el punto de vista arancelario,
de la orientación supuestamente pro estadounidense y nacionalista del "Gobierno
Provisional".


4. Contratos de suministro de rieles ferroviarios a FFCC del
Estado

Los obstáculos que se presentaban para un aumento del volumen del comercio entre
Gran Bretaña y la Argentina no provenían solamente de la parte argentina. La
inclinación del gobierno argentino a otorgar privilegios especiales a los
exportadores británicos no sólo tropezó con las cláusulas NMF de los tratados
comerciales de la Argentina y con la renuencia británica a dejar de lado los
principios de libre comercio, como en el caso de los derechos aduaneros sobre
tejidos de seda artificial. En el caso del material ferroviario surgió otro
factor aparentemente casi insuperable: los convenios internacionales de "cártel"
concertados por empresas británicas del ramo con sus pares del "continente
europeo" que les impedían aprovechar las ventajas ofrecidas por el gobierno
argentino.
Como ya hemos visto, el principal interés que sustentaba la firma del Convenio
de Compras y Créditos Recíprocos había sido el de orientar las compras de los
FFCC del Estado hacia firmas británicas. Por lo tanto, los rieles eran uno de
los artículos a ser incorporados dentro de sus disposiciones.
Por ese motivo, a fines de septiembre de 1929, el gobierno británico - sabiendo
que estaba a consideración del gobierno argentino un contrato por 70.000
toneladas de material ferroviario - se decide a averiguar cómo se podía hacer
para encaminar esta compra hacia firmas británicas bajo aquel convenio. Porque
de no ser así, se podría correr el riesgo de verse agotada la capacidad de
compra de los FFCC del Estado lo que convertiría al Convenio en letra muerta en
este aspecto.201
Por su parte, esas firmas agrupadas en la Federación Nacional de Industriales
del Hierro y del Acero de la Gran Bretaña se encontraban atadas de pies y manos
por un "cártel" internacional que las obligaba a no efectuar ninguna venta
adicional.202 Por esta razón, la Federación efectuó una presentación al
"Departament of Overseas Trade" en el sentido de obtener que las autoridades
argentinas restringieran aquella compra sólo a proveedores británicos.203
A raíz de esta presentación el "Foreign Office" envió instrucciones al embajador
en Buenos Aires para que sugiriera al gobierno argentino que se hiciera una
nueva licitación sólo abierta a los industriales británicos en cuyo caso -
insistían - los precios británicos serían encontrados satisfactorios.204 Y
aunque el embajador no entendió muy claramente cuál era la dificultad con la
Asociación Internacional de Fabricantes de Rieles (IRMA, nombre del "cártel"),
obtuvo rápidamente la anuencia de Yrigoyen.205 No dejó de advertir, sin embargo,
que era imprescindible que se cotizara a buen precio ya que existía el peligro
que los productores británicos libres de competencia, se aprovecharan de esto
para aumentar sus precios a niveles poco competitivos. Así podría arriesgarse la
oportunidad de obtener preferencias especiales en el mercado argentino.206
Finalmente, sin embargo, el gobierno británico, alertado por empresarios de la
industria respecto a sus dificultades, desechó la idea que éstos se presentaran
a la licitación en cuestión.207 Al mismo tiempo, sin embargo, no quiso dejar de
transmitir su beneplácito respecto a la buena disposición de Yrigoyen de asignar
a los productores británicos las compras hasta el monto establecido por el
Convenio.208
Pero antes que pudieran aplicarse esas nuevas instrucciones, el embajador
británico comunica: "El Administrador General de los FFCC del Estado me informó
ayer que el llamado a licitación a todos los países para la provisión de 70.000
toneladas de rieles... se ha cancelado y será reemplazado por una propuesta a
los industriales británicos únicamente". Adicionalmente, anunciaba su visita a
Gran Bretaña.209
Ante la insistencia del gobierno argentino, y presionados por su propio
gobierno, los industriales británicos terminaron manifestando que estarían
dispuestos a aceptar el pedido.210 La complacencia de las firmas británicas
irritó al embajador quien agregó a mano los siguientes comentarios: "¡Muy amable
y generoso de su parte!" "El gobierno argentino debería estar sumamente
agradecido que nuestras recargadas industrias acepten sus pedidos. Eso sí sólo
por una vez. No deben contar los argentinos con que esto se repita. Estamos en
plena temporada de caza".211 El embajador también informa que, como resultado de
un llamado a licitación pública para la compra de locomotoras para los FFCC del
Estado - como publicara La Razón del 17 de octubre - los precios británicos eran
los más altos de todos. El diario seguía comentando la "consiguiente dificultad
para el gobierno de asignarles el pedido conforme al espíritu del acuerdo de
D'Abernon".212
La cuestión del contrato por 70.000 toneladas de material ferroviario
desapareció del panorama durante el resto de las negociaciones que conducirían a
la firma del Convenio y a la reducción de los derechos a las importaciones de
artículos de seda artificial. Recién a fines de diciembre de 1929, cuando el
Convenio ya había sido aprobado por la Cámara de Diputados, volvieron a surgir
las antiguas dificultades.
En una nueva vuelta de tuerca y en discusión con su gobierno, los fabricantes de
rieles británicos terminan llegando a la conclusión, ahora, que de ninguna
manera estaban en condiciones de satisfacer el pedido de los FFCC del Estado
aunque la licitación estuviera restringida sólo a ellos mismos. Eso sí,
admitieron que todas las diligencias previas habían tenido lugar ya sea por
iniciativa de ellos o con su consentimiento explícito. Por su parte, los
funcionarios del gobierno británico continuaban muy preocupados por el efecto
que un rechazo del contrato pudiera tener sobre el proceso de ratificación del
Convenio D'Abernon, presentado, en esos momentos, al Senado. Pero ni la
intervención de los mismos miembros de la Misión hizo cambiar de parecer a los
fabricantes. El obstáculo era el mismo que había existido desde un principio:
sus obligaciones para con sus competidores del "Continente" en virtud del
acuerdo IRMA.213
Resignados a perder esta ocasión, los funcionarios del gobierno británico
comenzaron a preocuparse sobre qué podría ocurrir una vez el Convenio fuera
puesto en marcha. En este sentido recibieron seguridades que el problema había
surgido en cuanto a voluminosas ventas del año anterior, en particular a los
FFCC británicos en la Argentina, y al hecho que la licitación era previa a la
firma del convenio.214
Nuevas gestiones efectuadas en Buenos Aires llevaron a la conclusión que
continuaba habiendo una excelente buena voluntad de parte del Presidente
Yrigoyen en favorecer a los proveedores británicos. Pero el Presidente, también,
solicitó que ya que éstos no estaban en condiciones en este caso de atender el
pedido, agradecería contar con una manifestación explícita en el sentido que no
habría objección a su otorgamiento a los proveedores alemanes.215
Adicionalmente, Claps, el Administrador general de los FFCC del Estado
tranquiliza al representante británico en Buenos Aires aseverándole que hay
compras adicionales a efectuar por montos importantes.216 Los fabricantes
británicos de rieles quedaron, entonces, liberados de la obligación de
suministrar las 70.000 toneladas.217
Poco después se presentó una nueva circunstancia reveladora de las dificultades
en ponerse a la altura del deseo del gobierno argentino de favorecer a los
proveedores británicos. En el mes de mayo, representantes de FFCC del Estado
solicitaron a las firmas británicas que cotizaran la provisión de 39.000
toneladas de rieles.218 Los proveedores alemanes cuestionaban esta otra compra
aduciendo que formaba parte del anterior pedido de las 70.000 toneladas cosa que
el gobierno argentino, en cambio, negaba.219 Una vez más, el gobierno británico,
preocupado por el efecto que una negativa adicional a participar de suministros
a los FFCC del Estado pudiera tener sobre el éxito del proceso de ratificación
del Convenio D'Abernon, presiona a los fabricantes para que se presenten.220
Éstos, sin embargo insisten en que el IRMA los obligaría a cotizar un
sobreprecio y a pagar una multa al "cártel". Preocupaba, además, al "Board of
Trade" el hecho que los precios excesivos cotizados por los productores
británicos pudiera causar una mala impresión en Buenos Aires y por lo tanto se
volvió a presionarlos para que los rebajaran.221 Los fabricantes responden que
si pudiera convencerse al gobierno argentino que postergara hasta octubre de ese
año -1930 - la formulación de pedidos, y luego los colocara para todos los
rieles que hubiera de necesitar durante 18 meses, las compañías británicas
podrían aceptarlos.222
Mientras tanto la cuestión del pedido de las 39.000 toneladas había seguido su
curso, pero cuando sólo faltaba la firma final del decreto del gobierno, estalló
el golpe militar del 6 de septiembre que derrocó a Yrigoyen. Los industriales
británicos volvieron, ahora, a la carga y obtuvieron del gobierno británico que
los ayudara a conseguir que el nuevo gobierno argentino confirmara el pedido.223

Además, el 30 de septiembre el primer pool en virtud de los seis años del
acuerdo IRMA llegaba a su fin. La cuestión más general de un pedido de
suministros para todo el año se volvió a plantear otra vez. Pero los
industriales se mostraron poco dispuestos a rebajar el precio. Cuando se les
interrogó sobre esto "... Elliott - de la Federación - se mostró nervioso por la
pregunta... y dijo que seguramente era innecesario replantear el asunto en esa
etapa". Como terminó diciendo Fraser - un funcionario del "Departament of
Overseas Trade " - "...evidentemente los fabricantes británicos no tienen
intención de rebajar si pueden evitarlo".224 Por consiguiente se informó al
embajador en Buenos Aires que se les había dicho que, a partir de ese momento,
se las debían arreglar por intermedio de sus propios representantes".225
Así fue como los compromisos de "cártel", que obligaban a los fabricantes
británicos con respecto a los de otros países, malograron las posibilidades de
explotar la buena voluntad del gobierno de Yrigoyen de otorgar un tratamiento
preferencial a los productos británicos en este terreno.


5. Conclusión
Era necesario que llegara la Depresión y con ella los cambios muy drásticos que
se introducirían en los acuerdos de comercio e intercambio para que los
gobiernos conservadores que subieron al poder como consecuencia del golpe de
estado de septiembre de 1930 concretaran la política de otorgar preferencias a
Gran Bretaña.
Resta en pie, sin embargo, que antes de la Depresión y bajo el gobierno
constitucional del nacionalista Yrigoyen se había inaugurado ya el esquema que
intentaría retrotraer a la Argentina a un sistema de comercio y pagos
bilaterales con Inglaterra.