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Semblanza
de la personalidad, pensamiento y obra del
Doctor
Leónidas Anastasi
Diego
A. Barovero
El
doctor Leónidas Anastasi nació en
la ciudad de Baradero, provincia de Buenos Aires, el 2 de enero de 1890, en el
seno de una familia descendiente de inmigrantes italianos de la Liguria y
afincada en el tradicional barrio porteño de La Boca, enclave fundamental de la
presencia genovesa en la Argentina; inició desde muy joven una militancia
política que se volcó de manera preferencial hacia cuestiones relacionadas con
la justicia social y la legislación del trabajo. Hacia 1910 ya era un activo
militante universitario y radical. A partir de los primeros años de la década
del ’20 fue reiteradas veces delegado al Comité de la Capital de la Unión Cívica
Radical en representación de la sección 4° La Boca y presidente del Comité
Seccional del radicalismo boquense.
Se
graduó de abogado en la Universidad de Buenos Aires en el año 1913. Su tesis
doctoral versaba sobre el tema “Juicio por jurados”, revelando una temprana
inclinación por la investigación jurídica. Con los años se orientó hacia otros
aspectos del derecho, no volviendo a ocuparse de su tema
primigenio.
Leónidas
Anastasi fue uno de los primeros y más sólidos laboralistas argentinos. En
efecto, su primordial dedicación intelectual estuvo constituída en lo que en
aquellos años se llamaba la legislación industrial o legislación obrera. Su
vasta y fecunda trayectoria académica alcanzó sus más destacadas realizaciones
en este campo de la ciencia jurídica. Fue profesor extraordinario de la cátedra
de legislación del trabajo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la
Universidad de Buenos Aires, pero su más extensa labor pedagógica la realizó en
la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional de La Plata. En
ésta fue consejero por varios períodos, profesor titular de la cátedra de
legislación del trabajo, director del Instituto de Derecho del Trabajo y
vicedecano. En esta cátedra fundó una auténtica escuela, produjo sus trabajos
más importantes y congregó en su entorno a un acreditado núcleo de discípulos
que continuaron su labor, interrumpida por su prematura y lamentada
desaparición.
Un
aspecto trascendente de la vida de Anastasi se encuentra ligado a su
participación en la conferencia de la Organización Internacional de Trabajo
realizada en Washington en 1920. En este encuentro le tocó presidir la
delegación argentina y participar activamente de múltiples debates. Siendo un
joven profesor de apenas treinta años, retornó de la misma con un prestigio bien
ganado y con una amplia experiencia en temas laborales que de alguna manera
signó su vida.
Al
margen de su labor como catedrático y como delegado en reuniones especializadas,
Anastasi desarrolló una intensa labor de divulgación y de mejoramiento cultural de las clases
populares. Ensamblada con esta vertiente de su personalidad resulta su actuación
en la Universidad Popular de La Boca, institución de la que fuera cofundador y
presidente honorario. Igualmente, creó una editorial cuyo objeto fue imprimir
ediciones populares de obras famosas de la literatura universal y
argentina.
La
obra de Leónidas Anastasi como editor no se limitó a lo anteriormente señalado,
sino que se desarrolló ampliamente en el campo de las publicaciones jurídicas y
en el periodismo especializado para abogados. Junto con el doctor Tomás Jofré
creó la revista “Jurisprudencia Argentina”. Fue director de “La Ley” y director
de la “Revista del Trabajo, del Seguro y de la Previsión Social”. Al margen de
lo anterior, fundó el diario “La Acción”.
Otro
aspecto importante de su labor se encuentra referido a su participación en la
redacción de la plataforma de la Unión Cívica Radical para las elecciones
nacionales de 1937, primer programa electoral orgánico confeccionado en la
historia del radicalismo. Acerca de éste, Manuel Goldstraj, antiguo secretario
de Marcelo T. de Alvear, en su libro “Años y errores”, sostiene que este
documento revela un cierto cambio ideológico en la historia del partido, reflejo
a su vez de la evolución del pensamiento del doctor Alvear, evolución iniciada
en 1922 y mucho más marcadamente en 1928. Dice este autor que el líder radical
pretendía transformar a la Unión Cívica Radical en un verdadero partido radical
socialista, dentro de los lineamientos del homónimo partido francés, pero que no
se atrevió a formular este pensamiento en público. Como parte de esta evolución
debía dotarse al radicalismo de un programa concreto y avanzado de acción del
que hasta entonces carecía, al menos como expresión formal y escrita. Esto se
logró en el año 1937 y la pluma de Leónidas Anastasi estuvo presente en el
documento que llevó el título de “Programa y plataforma”.
La plataforma radical de 1937 parte de la idea de un Estado democrático
descentralizado y participativo que interviene fuertemente en la realidad
socioeconómica. Se trata de la concepción del Estado como eje promotor del
desarrollo autónomo, que protege la producción con objetivos de justicia
social.
El programa de 1937 plantea una profundización de la democracia.
Rejerarquiza la autonomía de las provincias promoviendo la reglamentación y
limitación de la intervención federal. Propone la provincialización de los
territorios nacionales. Adopta el mecanismo del referéndum popular y la
revocatoria de mandato de funcionarios electivos. Instituye los derechos
políticos de la mujer. A su vez promueve la elección directa del Presidente,
Vicepresidente y del Intendente de la Capital Federal.
En materia económica, la plataforma del ’37 crea los consejos técnicos
asesores de los poderes públicos y la conformación de organismos superiores de
la economía nacional tendientes a asegurar el contralor de la producción y la
distribución de la riqueza, conformados con representantes de todas las
organizaciones que integran el proceso económico. Establece la nacionalización
paulatina y progresiva de los servicios públicos y los recursos del suelo y el
subsuelo; a la vez que estimula la intervención del capital nacional para
controlar a las empresas privadas encargadas de su explotación, previendo un
sistema mixto o directamente la gestión estatal. Se propone la reforma agraria,
creando un Consejo Agrario Nacional. El Estado participa del impulso de las
economías regionales y se promueve la eliminación el latifundio y propiedades
improductivas. La intervención estatal se prevé directamente en la creación de
una Marina Mercante nacional, en el
impulso del desarrollo vial y ferroviario, en el transporte aéreo comercial, en
la explotación de la energía hídrica y toda fuente de electricidad.
En materia educativa otorga intervención directa a docentes y estudiantes
en el gobierno de instituciones educacionales, mateniendo la línea de preceptos
igualitarios: gratuidad de la enseñanza, universidades populares, extensión
universitaria, ingreso numéricamente irrestricto, alfabetización masiva,
educación rural, creación de consejos autónomos y participativos para la
conducción de la educación y la cultura.
El sentido de avanzada de la legislación social propuesta en 1937 guarda
las mismas pautas igualitarias y participativas, organismos con representación
estatal, patrones y obreros; participación de los trabajadores en los
beneficios; accionariado obrero y determinación colectiva de los niveles
salariales. Se promueve también el cooperativismo.
Anastasi
fue el redactor principal del folleto con el auxilio del doctor Manuel Pinto y
otros intelectuales. En este escrito y en otros textos provenientes de Anastasi
se puede inferir la influencia de Edouard Herriot, el fecundo pensador del
radical socialismo francés; de José Batlle y Ordóñez, el estadista uruguayo,
precursor de la socialdemocracia contemporánea; y también quizá de Víctor Raúl
Haya de la Torre.
Leónidas
Anastasi fue electo diputado nacional en los períodos 1920-24 y 1938-42. Fue
presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación. Su obra parlamentaria está dominada casi monopólicamente
por los temas laborales y sociales. La mayoría de sus proyectos como legislador
corresponden a esta vertiente temática. La duración de la jornada de trabajo, el
trabajo de menores, la fijación del salario mínimo, la reforma de la ley de
accidentes de trabajo, la creación de un Consejo del Trabajo, el trabajo
marítimo, el trabajo agrícola, el trabajo nocturno, el trabajo a domicilio, la
indemnización en caso de naufragio, el estatuto nacional del trabajador marino,
el régimen de vacaciones pagas y varios otros fueron objeto de proyectos de ley
y de una protagónica participación en la labor en comisiones y en debates en el
recinto. En éstos, con frecuencia, estuvo en posiciones coincidentes con los
legisladores socialistas. Todos los otros aspectos de su obra legislativa
parecen ser de menor cuantía comparados con su intensa tarea como
laboralista.
La
obra de Leónidas Anastasi ha sido
detalladamente estudiada por el jurista uruguayo Lorenzo Carnelli en un artículo
publicado en los Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la
Universidad de La Plata, editado como libro en 1941 por la Editorial Jurídica
Argentina. Este autor con estilo literario y notable erudición efectuó una
emotiva semblanza de Anastasi poco después de su muerte. Enfatiza que mucho
había hecho hasta entonces el gran laboralista argentino, pero que había que
lamentar lo mucho que podría haber hecho aún de no truncarse su vida a los
cincuenta años. En este estudio se destaca la condición de infatigable
trabajador, su ambición por promover el estudio del derecho comparado, su
modestia proverbial, su férrea vocación democrática, su defensa de los exiliados
políticos, particularmente de los países latinoamericanos sometidos por
dictaduras, su lucha contra el fraude. Carnelli lo define como “el legislador
por antonomasia del novus ordu del derecho obrero”, dice: “fue el primero,
quizá, de su partido que puso concepto científico en la defensa del
proletariado. Hablaba con la razón y se dirigía a la
razón...”.
La
obra jurídica de Anastasi se encuentra centrada en la legislación del trabajo,
pero la intensa vida profesional le exigió invadir otros campos del derecho.
Patrocinó a la República de Bolivia en el proceso de extradición del coronel
Mariaca Pando, los recursos de hábeas corpus a favor de los doctores Alvear,
Noel y Tamborini, la defensa de Carlos Washington Lencinas en la Cámara Federal
de la Capital. Defendió a Lorenzo Carnelli y a José Hipólito Lencinas ante
sendos pedidos de internación y extradición.
Si
bien es cierto que no dejó un gran texto escrito como una obra integral, dejó
una apreciable cantidad de artículos, comentarios bibliográficos y análisis de
jurisprudencia. Sus notas publicadas en “La Ley” y en “Jurisprudencia Argentina”
constituyen una auténtica colección de valiosos textos jurídicos. En ellos
reiteradamente reclamó que a una política democrática se debía corresponder con
un derecho democrático. Entre sus trabajos merece señalarse su defensa de los
derechos de la mujer, las connotaciones del artículo 1113 del Código Civil y los
derechos del trabajador, diversos estudios sobre la ley de accidentes de
trabajo, la cuestión de la riña como accidente de trabajo, accidentes
determinados por actos de abnegación, la inclusión de la industria forestal en
la ley de accidentes de trabajo,
estudios sobre el seguro, sobre la ley 11.729, diversos estudios sobre
derecho público, etc. Otro aspecto interesante de su obra se refiere a las
huelgas en la Argentina y la defensa de la consideración del derecho de huelga
como un derecho constitucional.
Fue
un defensor de la igualdad política, civil y económica de la mujer y un
preocupado estudioso de los problemas de la vivienda popular. En el ya citado
programa de 1937, como lo expuso en la revista “Hechos e Ideas”, en el informe a
la Convención Nacional del partido propuso la creación de consejos técnicos
integrados por patrones y obreros. Asimismo, propició diversos procedimientos de
registro y ordenamiento de la producción judicial
argentina.
Incursionó
también en la historia. En 1906 obtuvo un premio por un texto donde efectuaba un
análisis comparativo de las personalidades de San Martín y Bolívar; escribió
acerca de la Revolución Rusa y de sus componentes ideológicos. Se encargó de
difundir las ideas de Herriot sobre el Consejo Nacional
Económico.
Leónidas
Anastasi fue un auténtico universitario. Desde su graduación como abogado con
diploma de honor hasta su culminación como profesor titular de cátedra,
consejero y vicedecano mantuvo siempre un elevado espíritu académico y
científico.
Sus
propios alumnos, muchos de ellos convertidos luego a su vez en docentes,
académicos y doctrinarios han destacado sus amplios quilates como profesor y su
vastísima erudición en el campo de la historia del trabajo humano tanto
universal como argentino. Enrique Fernández Gianotti en su trabajo titulado “La
lección de Anastasi” ha precisado el protagonismo de Anastasi en la evolución
del derecho del trabajo nacional desde sus primeros años como adjunto de
Saavedra Lamas hasta su alto magisterio en la Universidad
platense.
El
texto de derecho del trabajo de Juan Ramírez Gronda es prologado por Leónidas
Anastasi en 1938. En él insiste en la autonomía científica de esta disciplina y
sostiene “nuestra deuda para con las masas es muy grande...la legislación social
argentina necesita ser superada, ampliamente superada para cumplir deberes
elementales de solidaridad descuidados por las clases
gobernantes”.
El
derecho laboral argentino, como lo expresara Fernández Gianotti hasta el advenimiento de la obra de
Anastasi tenía pocas figuras de real fuste: Juan Bialet Massé, Joaquín V.
González y Alfredo Palacios, y en el curso de la vida misma de Anastasi le tocó
presenciar y protagonizar una notable evolución y autonomización de la
disciplina. Leónidas Anastasi fue un entusiasta del constitucionalismo social,
del valor de las convenciones colectivas de trabajo y del movimiento sindical,
destacando su valor y los peligros de su desviación al servicio de los intereses
circunstanciales de un partido político.
Leónidas
Anastasi falleció prematuramente en Buenos Aires el 17 de enero de 1940,
privando al Radicalismo y a la República Argentina de un inteligente luchador
por el Estado Social de Derecho.